Avido
Solicitable Abierta Local · Gipuzkoa

Subvención para el pago del IBI de la vivienda habitual

Personas en situación económica vulnerable en Bergara

AYUNTAMIENTO DE BERGARA · nº 917714

Título oficial: Bases reguladoras de la subvención para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El Ayuntamiento de Bergara subvenciona el pago de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a la vivienda habitual, dirigida a personas titulares de unidades convivenciales en situación económica vulnerable.

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Presupuesto

1.000,00 €

Plazo de solicitud

11 de 106 días

Quedan 95 días

Abrió 17/07 · cierra 31/10/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Gipuzkoa

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvención para el pago de la cuota del IBI correspondiente a la vivienda habitual de unidades convivenciales en situación económica vulnerable.

Quién puede solicitarla

Personas físicas que figuren como sujeto pasivo del IBI de su vivienda habitual y formen parte de una unidad convivencial cuyos ingresos brutos totales se encuentren dentro de los límites establecidos según el número de miembros.

Compatibilidad con otras ayudas

Incompatible con la bonificación fiscal por familia numerosa y con la Ayuda de Emergencia Social o Ayudas Municipales de Emergencia Social para el pago del IBI.

Requisitos clave

  • Haber abonado en periodo voluntario la cuota del IBI del año de la solicitud
  • Ningún miembro de la unidad convivencial puede tener en propiedad otro bien inmueble distinto de la vivienda subvencionada (salvo trastero)
  • El valor catastral de la vivienda habitual debe ser inferior a 160.000 euros
  • No disponer de más de un vehículo entre todos los miembros (salvo segundo vehículo para desplazarse al trabajo)
  • Ningún miembro de la unidad convivencial debe tener deuda pendiente con el Ayuntamiento
  • No percibir Ayuda de Emergencia Social o Ayudas Municipales de Emergencia Social para el pago del IBI

Gastos subvencionables

  • Cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a la vivienda habitual

Documentación requerida

  • Declaración jurada sobre propiedad de bienes inmuebles
  • Declaración jurada sobre uso del segundo vehículo para desplazarse al trabajo (si procede)

Exclusiones

  • Unidades convivenciales que disfruten de la bonificación fiscal por familia numerosa
  • Quienes estén percibiendo la Ayuda de Emergencia Social o Ayudas Municipales de Emergencia Social para el pago del IBI
  • Personas incursas en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 31/10/2026 — quedan 95 días para solicitarla.

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