Replantación de parcelas frutícolas afectadas por Xylella fastidiosa
Titulares de explotaciones agrícolas en la Comunitat Valenciana
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA · nº 909993
Título oficial: RESOLUCIÓN, de la directora general de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2026, las ayudas de mínimis destinadas a la replantación de parcelas frutícolas cuyo cultivo sea o haya sido destruido como con
Ayudas para financiar la replantación de parcelas frutícolas en la Comunitat Valenciana cuyo cultivo haya sido destruido o esté en zona demarcada por la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa subespecie multiplex.
Presupuesto
321.965 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días11/06/2026 — 10/07/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar operaciones de replantación en parcelas frutícolas ubicadas en la zona infectada de la zona demarcada de Xylella fastidiosa subespecie multiplex o cuyo cultivo haya sido destruido por las medidas fitosanitarias del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1201, con vegetales no sensibles o sensibles que cumplan los requisitos del artículo 18.c de dicho Reglamento.
Quién puede solicitarla
Titulares de explotaciones agrícolas con parcelas en zona infectada de Xylella fastidiosa subespecie multiplex o con cultivo destruido por medidas fitosanitarias; también agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y otras unidades económicas sin personalidad jurídica.
Plazo de solicitud
Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Requisitos clave
- La parcela debe estar en la zona infectada de la zona demarcada de Xylella fastidiosa subespecie multiplex o su cultivo haber sido destruido conforme al Reglamento (UE) 2020/1201.
- Las parcelas en zona infectada deben estar plantadas con especie frutícola sensible a Xylella fastidiosa subespecie multiplex no incluida en el listado de la dirección general de sanidad vegetal.
- La replantación debe realizarse con vegetales no sensibles a la subespecie multiplex o con vegetales sensibles que figuren en el listado aprobado por la dirección general de sanidad vegetal.
- El beneficiario debe dedicarse a la producción agrícola primaria.
Gastos subvencionables
- Operaciones de replantación en parcelas frutícolas afectadas por Xylella fastidiosa subespecie multiplex.
Exclusiones
- Ayudas cuyo importe se fije sobre la base del precio o la cantidad de productos comercializados.
- Ayudas a actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros.
- Ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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