Subvenciones a entidades locales de Aragón por daños de incendios
Entidades locales de Aragón afectadas por incendios en verano de 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL · nº 924017
Título oficial: Convocatoria para concesión directa y de carácter urgente de subvenciones destinadas a financiar a entidades que integran la Administración Local de Aragón para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de incendios
Subvenciones directas y urgentes para que las entidades locales de Aragón afectadas por los incendios del verano de 2026 reparen los daños causados y faciliten la vuelta a la normalidad.
Presupuesto
1,00 €
Plazo de solicitud
18/08/2026 — —
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Aragón
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la reparación de daños y pérdidas causados por los incendios del verano de 2026 en entidades locales de Aragón, y facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas.
Quién puede solicitarla
Municipios relacionados en el anexo de la Orden y demás entes locales afectados por declaración de interés nacional de emergencia o de zona afectada gravemente por emergencia de protección civil en Aragón, como consecuencia de incendios del verano de 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOA (para entidades del anexo); 15 días hábiles desde el día siguiente a que el Gobierno de Aragón haya solicitado la declaración de emergencia (para el resto de entes locales).
Cómo se presenta
Sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/busqueda-de-tramites), trámite nº 11890, mediante certificado de representante de la entidad local.
Requisitos clave
- Ser entidad local incluida en el anexo de la Orden o resultar afectada por la declaración de emergencia tramitada por el Gobierno de Aragón en 2026
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (salvo excepciones previstas en la Orden)
- Presentar solicitud mediante certificado de representante de la entidad local
- Cumplimentar y presentar la solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón (trámite nº 11890)
Documentación requerida
- Solicitud cumplimentada electrónicamente con certificado de representante de la entidad local
- Contenido recogido en los anexos disponibles en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (trámite nº 11890)
Exclusiones
- Entidades locales en las que concurra alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, salvo las excepciones establecidas en la Orden
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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