Relevo generacional de negocios en municipios rurales de Huesca
Para personas físicas o jurídicas que adquieran un negocio traspasado en municipios de la provincia de Hues...
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA · nº 887468
Título oficial: Concesión de subvenciones para el relevo generacional de actividades económicas en las zonas rurales año 2026
Subvenciones para cubrir gastos de funcionamiento o de inversión derivados de la adquisición de un negocio o actividad traspasada por jubilación o cese del titular, en municipios de la provincia de Huesca excepto la capital.
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
30/06/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Huesca
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Economía rural y medioambiente, Emprendimiento
Detalle de la convocatoria
Objeto
Apoyar y sufragar gastos de funcionamiento o de inversión de la actividad o del espacio en el que se ubique, propia del relevo generacional de negocios en municipios de la provincia de Huesca, exceptuando la capital.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas que adquieran un negocio o actividad traspasada por jubilación del titular o cese de la actividad entre el 01/01/2026 y el 30/09/2026, en municipios de la provincia de Huesca excepto la capital. El negocio traspasado debe haber iniciado actividad antes del 01/01/2021 y estar en funcionamiento en el momento de la transferencia o haber cesado con posterioridad al 01/01/2025.
Periodo de ejecución
Adquisición del negocio entre el 01/01/2026 y el 30/09/2026
Plazo de solicitud
Dos procedimientos: 1.º desde la publicación del extracto en el BOP hasta el 30/06/2026 (máx. 67.000 €); 2.º del 01/07/2026 al 30/09/2026 (máx. 33.000 €)
Cómo se presenta
Sede electrónica / registro de la Diputación Provincial de Huesca (dphuesca.es)
Requisitos clave
- Adquisición del negocio o actividad entre el 01/01/2026 y el 30/09/2026
- El negocio traspasado debe haber iniciado actividad antes del 01/01/2021
- El negocio debe estar en funcionamiento en el momento de la transferencia O haber cesado su actividad con posterioridad al 01/01/2025
- El traspaso debe producirse por jubilación del titular o cese de la actividad
- El negocio debe ubicarse en un municipio de la provincia de Huesca, excluida la capital
Gastos subvencionables
- Gastos de funcionamiento de la actividad o del espacio en el que se ubique
- Gastos de inversión de la actividad o del espacio en el que se ubique
Exclusiones
- Negocios ubicados en la capital de la provincia (Huesca ciudad)
- Negocios que iniciaron su actividad el 01/01/2021 o después
- Negocios que cesaron su actividad antes del 01/01/2025 y no estaban en funcionamiento en el momento de la transferencia
Obligaciones posteriores
- Justificación de las ayudas del primer procedimiento hasta el 30/09/2026
- Justificación de las ayudas del segundo procedimiento hasta el 27/11/2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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