Avido
No solicitable Cerrada Local · Santa Cruz de Tenerife

Rehabilita tu vivienda rural en Villa de Mazo

Propietarios de vivienda privada en el medio rural de Villa de Mazo

AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO · nº 908847

Título oficial: AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACION DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANANRIAS 2020-2025, DEL AÑO 2025

Ayudas para la rehabilitación o adecuación de viviendas privadas en el entorno rural de Villa de Mazo, dentro del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025 para combatir la despoblación.

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Presupuesto

80.695 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

04/06/2026 — 24/06/2026

Beneficiarios

Persona física

Ámbito

Local · Santa Cruz de Tenerife

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente, Reformas y eficiencia energética

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar obras de rehabilitación o adecuación de viviendas privadas en el entorno rural para garantizar condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro energético y mantenimiento estructural.

Quién puede solicitarla

Personas físicas propietarias o copropietarias de vivienda privada rural, o representantes de comunidades de propietarios, que estén empadronadas en el municipio o se comprometan a hacerlo, y destinen la vivienda a residencia habitual o la arrienden.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife

Requisitos clave

  • Tener nacionalidad española o estar en alguna de las situaciones previstas en el art. 3 de la Ley 8/1987
  • Estar empadronado/a en el municipio o comprometerse a hacerlo en el plazo establecido
  • Ser propietario/a, copropietario/a de la vivienda o representante de la comunidad de propietarios
  • Que la vivienda sea o vaya a ser residencia habitual y permanente de la unidad familiar, o se arriende
  • Que la vivienda necesite alguna de las obras de rehabilitación contempladas en la convocatoria
  • Que la vivienda y las obras se ajusten a las normas urbanísticas aplicables

Gastos subvencionables

  • Obras para alcanzar condiciones mínimas de habitabilidad
  • Obras de ahorro de consumo energético
  • Obras en elementos estructurales
  • Obras necesarias para el adecuado mantenimiento de la vivienda
  • Obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación (actuación tipo D)

Exclusiones

  • Personas incursas en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Obligaciones posteriores

  • Empadronarse y destinar la vivienda a residencia habitual o arrendarla en el plazo de dos meses desde la finalización de las obras (si no se estaba empadronado al solicitar)

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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