Rehabilita tu vivienda rural en Villa de Mazo
Propietarios de vivienda privada en el medio rural de Villa de Mazo
AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO · nº 908847
Título oficial: AYUDAS AL FOMENTO DE LA REHABILITACION DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PRIVADA DENTRO DEL PROGRAMA PARA COMBATIR LA DESPOBLACIÓN EN EL MEDIO RURAL DEL PLAN DE VIVIENDA DE CANANRIAS 2020-2025, DEL AÑO 2025
Ayudas para la rehabilitación o adecuación de viviendas privadas en el entorno rural de Villa de Mazo, dentro del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025 para combatir la despoblación.
Presupuesto
80.695 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días04/06/2026 — 24/06/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local · Santa Cruz de Tenerife
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar obras de rehabilitación o adecuación de viviendas privadas en el entorno rural para garantizar condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro energético y mantenimiento estructural.
Quién puede solicitarla
Personas físicas propietarias o copropietarias de vivienda privada rural, o representantes de comunidades de propietarios, que estén empadronadas en el municipio o se comprometan a hacerlo, y destinen la vivienda a residencia habitual o la arrienden.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife
Requisitos clave
- Tener nacionalidad española o estar en alguna de las situaciones previstas en el art. 3 de la Ley 8/1987
- Estar empadronado/a en el municipio o comprometerse a hacerlo en el plazo establecido
- Ser propietario/a, copropietario/a de la vivienda o representante de la comunidad de propietarios
- Que la vivienda sea o vaya a ser residencia habitual y permanente de la unidad familiar, o se arriende
- Que la vivienda necesite alguna de las obras de rehabilitación contempladas en la convocatoria
- Que la vivienda y las obras se ajusten a las normas urbanísticas aplicables
Gastos subvencionables
- Obras para alcanzar condiciones mínimas de habitabilidad
- Obras de ahorro de consumo energético
- Obras en elementos estructurales
- Obras necesarias para el adecuado mantenimiento de la vivienda
- Obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación (actuación tipo D)
Exclusiones
- Personas incursas en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Obligaciones posteriores
- Empadronarse y destinar la vivienda a residencia habitual o arrendarla en el plazo de dos meses desde la finalización de las obras (si no se estaba empadronado al solicitar)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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