Avido
Solicitable Abierta Local · Madrid

Rehabilita tu edificio residencial en Madrid: accesibilidad, eficiencia y seguridad

Comunidades de propietarios, agrupaciones y propietarios de edificios residenciales en Madrid

ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS DE VIVIENDA · nº 908939

Título oficial: Convocatoria pública de subvenciones con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Plan Rehabilita Madrid 2026

Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad en edificios existentes de uso residencial vivienda.

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Presupuesto

50.000.000 €

Plazo de solicitud

55 de 119 días

Quedan 64 días

Abrió 03/06 · cierra 30/09/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Reformas y eficiencia energética

Detalle de la convocatoria

Objeto

Fomento y promoción de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda

Quién puede solicitarla

Comunidades de propietarios, mancomunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios; propietarios agrupados de edificios residenciales; propietarios de edificios unifamiliares; comunidades energéticas; y propietarios únicos de edificios colectivos con más del 60% de cuota de participación (con compromiso de aportar viviendas vacías al programa Reviva Madrid)

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 30 de septiembre de 2026

Cómo se presenta

Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es)

Forma de pago

Pago anticipado en pago único

Requisitos clave

  • El edificio debe tener uso característico residencial vivienda
  • Los propietarios únicos con más del 60% de cuota deben comprometerse a aportar viviendas vacías al programa Reviva Madrid de la EMVS
  • Las comunidades de propietarios deben estar constituidas conforme al artículo 5 LPH
  • Los propietarios agrupados sin título constitutivo deben reunir los requisitos del artículo 396 del Código Civil

Gastos subvencionables

  • Actuaciones de accesibilidad
  • Actuaciones de conservación
  • Actuaciones de eficiencia energética
  • Actuaciones de salubridad
  • Actuaciones de seguridad en edificios existentes de uso residencial vivienda

Exclusiones

  • Propietarios únicos con más del 60% de cuota que no dispongan de viviendas vacías o cuyas viviendas no cumplan los requisitos de cesión de la EMVS

Obligaciones posteriores

  • Justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y demás documentación del apartado 30 de la convocatoria

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 30/09/2026 — quedan 64 días para solicitarla.

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