Rehabilita la fachada de tu edificio en Figueres
Propietarios de inmuebles en Figueres que acometan obras de restauración o rehabilitación de fachadas
AYUNTAMIENTO DE FIGUERES · nº 905423
Título oficial: CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE EDIFICIOS EN EL MUNICIPIO DE FIGUERES (2026-2027)
Subvenciones del Ayuntamiento de Figueres para actuaciones de restauración, rehabilitación y mejora de fachadas de edificios ejecutadas entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2027.
Presupuesto
348.000 €
Plazo de solicitud
18/05/2026 — —
Beneficiarios
Gran empresa, Persona física, Otro, Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Girona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actuaciones de restauración, rehabilitación y mejora de las condiciones de las fachadas de edificios en el municipio de Figueres.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas propietarias de inmuebles que emprendan actuaciones de restauración, rehabilitación y mejora de fachadas en Figueres.
Periodo de ejecución
Actuaciones ejecutadas entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2027.
Plazo de solicitud
45 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP (a través de la BDNS).
Cómo se presenta
Sede electrónica / tramitación telemática (a través de la BDNS y el BOP de Girona).
Requisitos clave
- Ser propietario/a del inmueble objeto de la actuación.
- Estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- La actuación debe ser una intervención global sobre el conjunto de la fachada, no parcial o aislada.
- Los trabajos deben ajustarse a las directrices del informe de los servicios técnicos municipales.
- Los acabados de edificios protegidos deben restaurarse conforme a su naturaleza y composición original.
Gastos subvencionables
- Presupuesto de ejecución del contratista (coste de ejecución material, gastos generales y beneficio industrial).
- Honorarios facultativos (proyecto o memoria valorada, dirección, coordinación de seguridad y salud).
- Costes de diagnosis y estudios técnicos imprescindibles previos a la elaboración del proyecto o memoria valorada.
Exclusiones
- Inmuebles con expediente de infracción urbanística en trámite o resuelto en los cuatro años anteriores (salvo excepciones).
- Inmuebles objeto de expediente de declaración de ruina.
- Inmuebles que deban ser expropiados.
- Inmuebles en suelo urbano no consolidado, en polígonos de actuación no desarrollados o fuera de ordenación.
- Actuaciones parciales o aisladas que afecten únicamente elementos concretos de la fachada (aperturas, carpinterías, repintados…) si no forman parte de un proyecto global.
- Coste de informes de inspección técnica (no subvencionable).
Obligaciones posteriores
- Cumplir las actuaciones indicadas en el informe de los servicios técnicos municipales; su incumplimiento comporta denegación, pérdida o reintegro de la subvención.
- Garantizar la coherencia técnica y constructiva de las obras con el estado de conservación del edificio.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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