Rehabilita tu inmueble en el casco histórico de Utiel
Propietarios, comunidades de propietarios y usuarios de inmuebles en Utiel
AYUNTAMIENTO DE UTIEL · nº 932323
Título oficial: Resolución de Alcaldía nº2754 de 28 de septiembre de 2026, por la que se convoca concesión de subvenciones para rehabilitación de inmuebles, incluidos en el ámbito del casco histórico de Utiel y edificios catalogados. Año 2026
Subvenciones del Ayuntamiento de Utiel para obras de rehabilitación, conservación, consolidación estructural y ornato en inmuebles privados del casco histórico y edificios catalogados.
Presupuesto
50.000 €
Plazo de solicitud
18 de 28 díasQuedan 10 días
Abrió 09/10 · cierra 06/11/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Persona física, Otro, Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 10.000 € (hasta 80% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar obras de rehabilitación, conservación, consolidación estructural y actuaciones de ornato en inmuebles privados incluidos en el Plan Especial del Núcleo Histórico Tradicional de Utiel y en edificios catalogados.
Quién puede solicitarla
Comunidades de propietarios, propietarios de la totalidad o parte del inmueble (con autorización de la comunidad si afecta a elementos comunes), y usuarios (arrendatarios, usufructuarios o titulares de derechos reales) con permiso expreso de la propiedad.
Cómo se presenta
No consta en el extracto
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 20%
Requisitos clave
- El inmueble debe estar incluido en el ámbito del Plan Especial del Núcleo Histórico Tradicional de Utiel o ser un edificio catalogado
- El inmueble debe ser de titularidad privada
- Obtener licencia de obras antes del inicio de las actuaciones subvencionadas
- Las obras no deben haberse iniciado en el momento de presentar la solicitud
- Las actuaciones con licencia concedida en los 3 meses anteriores a la convocatoria son elegibles si las obras no han comenzado
- No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 ni del art. 3.2 y 3.3 de la Ordenanza municipal
Gastos subvencionables
- Sustitución de cubierta y consolidación estructural de edificios (hasta 80%, máx. 10.000 € por inmueble, excluido IVA)
- Honorarios de arqueólogo para estudio y seguimiento arqueológico cuando sea preceptivo (máx. 1.000 € por actuación)
- Pintado completo de fachadas conforme al Plan Especial de Protección del NHT
- Reparación de balcones, aleros y cuerpos volados manteniendo composición y geometría originales
- Impermeabilización y/o adecentamiento de medianeras vistas
- Reposición, restauración o nueva colocación de carpinterías exteriores, canalones, bajantes y retirada de elementos impropios
Exclusiones
- Tratamientos parciales de fachada (no se subvenciona intervención en superficie parcial)
- Obras ya iniciadas en el momento de presentar la solicitud
- Actuaciones que contravengan la normativa de referencia vigente en el municipio
Obligaciones posteriores
- Destinar el importe de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida
- Ejecutar las obras conforme a los presupuestos, calidades y documentación gráfica aportados
- Acreditar al término de las obras el coste total de las mismas
- Someterse a las actuaciones de comprobación e inspección de los servicios técnicos municipales
- Cumplir los plazos establecidos en las bases
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 06/11/2026 — quedan 10 días para solicitarla.
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