Rehabilita edificios singulares en el casco antiguo de Cuenca
Propietarios o titulares de derechos de uso sobre edificios singulares no residenciales en Cuenca
CONSORCIO DE LA CIUDAD DE CUENCA · nº 898610
Título oficial: Convocatoria de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para la rehabilitación de edificios de singular interés en el casco antiguo de Cuenca.
Subvenciones en concurrencia competitiva para la rehabilitación de edificios singulares de uso no residencial, no sujetos al régimen de propiedad horizontal, en el casco antiguo de Cuenca.
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
28 de 28 días17/04/2026 — 15/05/2026
Beneficiarios
Otro, Autónomo, PYME
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Rehabilitación de edificios singulares de uso no residencial y no sujetos al régimen de propiedad horizontal en el casco antiguo de la ciudad de Cuenca.
Quién puede solicitarla
Promotores de obras que sean propietarios legales o titulares de algún derecho de uso sobre los bienes inmuebles o muebles objeto de rehabilitación.
Plazo de solicitud
El plazo de solicitud de visita de inspección técnica previa comienza el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE y finaliza 30 días naturales después. El plazo de solicitud de subvención es del 3 de junio al 3 de julio de 2026, o hasta agotar el crédito disponible.
Cómo se presenta
Solicitud de inspección previa: Registro del Consorcio (calle Alfonso VIII 83, 1ª planta, Cuenca) o lugares del art. 16.4 LPACAP. Solicitud de subvención: registro electrónico del Consorcio si hay agente gestor; en caso contrario, presentación física en el Registro del Consorcio o lugares del art. 16.4 LPACAP.
Requisitos clave
- Ser propietario legal o titular de algún derecho de uso sobre el inmueble o bien mueble
- El edificio debe ser de uso no residencial y no sujeto al régimen de propiedad horizontal
- El edificio debe estar ubicado en el casco antiguo de Cuenca
- Obtener informe favorable de la inspección técnica previa
- Las personas jurídicas deben actuar a través del representante designado en escrituras
Gastos subvencionables
- Rehabilitación de edificios singulares de uso no residencial
- Rehabilitación de bienes muebles en dichos edificios
Documentación requerida
- Solicitud de visita de inspección técnica previa
- Documentación precisa para la obtención de licencia (supervisada por la oficina técnica del Consorcio)
- Documentación contenida en el artículo 15.3 de las Bases Reguladoras
- Informe favorable de la inspección técnica
Exclusiones
- Edificios de uso residencial
- Edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal
Obligaciones posteriores
- Los inmuebles deberán ser visitables durante un periodo mínimo de cinco años a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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