Rehabilita edificios no residenciales en el casco histórico de Toledo
Subvenciones para edificios de uso no residencial en el casco histórico de Toledo
CONSORCIO DE LA CIUDAD DE TOLEDO · nº 887373
Título oficial: Resolución 13 febrero 2026 Comisión Ejecutiva Consorcio Ciudad de Toledo por la que se convocan subvenciones a la rehabilitación de edificios no residenciales en casco histórico Toledo en régimen concurrencia competitiva
El Consorcio de la Ciudad de Toledo convoca subvenciones en concurrencia competitiva para la rehabilitación de edificios de uso no residencial situados en el casco histórico de Toledo, incluyendo unidades privativas, edificios de una sola unidad, elementos ...
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
56 de 56 días18/02/2026 — 15/04/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Persona física, Otro, Autónomo, PYME
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvenciones para la rehabilitación de edificios de uso no residencial en el casco histórico de Toledo: unidades privativas en edificios con división horizontal, edificios de una sola unidad privativa, elementos comunes, elementos especiales y de interés arquitectónico, y elaboración del informe de evaluación de edificios (IEE).
Quién puede solicitarla
Titulares o propietarios de edificios de uso no residencial en el casco histórico de Toledo que cumplan las condiciones de los artículos 5, 7, 8 y 9 de las bases reguladoras.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el 15 de abril de 2026 (incluido).
Cómo se presenta
Presencial en la oficina del Consorcio de la Ciudad de Toledo (Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4, 45002 Toledo) o telemáticamente a través del Registro Electrónico en https://tramites.consorciotoledo.gob.es
Requisitos clave
- Cumplir las condiciones de los artículos 5, 7, 8 y 9 de las bases reguladoras
- Solicitar previamente una visita de inspección técnica mediante impreso oficial normalizado
- El edificio debe estar ubicado en el casco histórico de Toledo
- El uso principal del edificio debe ser no residencial (con excepciones según art. 2 de las bases reguladoras)
- Los usos residenciales admitidos deben ser habituales y permanentes
Gastos subvencionables
- Rehabilitación de unidades privativas en edificios con división horizontal
- Rehabilitación de edificios constituidos por una sola unidad privativa
- Rehabilitación de elementos comunes de los edificios
- Restauración de elementos especiales y de interés arquitectónico
- Elaboración del informe de evaluación de edificios (IEE)
Documentación requerida
- Modelo normalizado de solicitud de subvención
- Formulario de consentimiento de consulta de datos
- Documentación indicada en el artículo 15 de las bases reguladoras según cada caso
Exclusiones
- Viviendas destinadas a usos terciarios hoteleros o apartamentos turísticos
- Edificios destinados a usos terciarios hoteleros, salvo para restauración de elementos especiales y de interés arquitectónico
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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