Reforma y equipamiento de locales para comercio, restauración y servicios en Tenerife
Microempresas y autónomos del comercio minorista, restauración y servicios personales en Tenerife
CABILDO INSULAR DE TENERIFE · nº 904021
Título oficial: Acuerdo AC0000027810 de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan subvenciones destinadas a la reforma de locales y equipamiento para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales, año 2026.
Subvenciones para financiar la reforma de locales y la adquisición de equipamiento destinadas al comercio minorista, sector restauración y servicios personales de la isla de Tenerife, en régimen de concurrencia competitiva.
Presupuesto
590.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días19/05/2026 — 07/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Santa Cruz de Tenerife
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 10.000 € (hasta 60% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar los gastos de reforma de locales e inversiones en equipamiento para el comercio minorista, sector restauración y servicios personales de la isla de Tenerife, con énfasis en eficiencia energética, embellecimiento, eliminación de barreras arquitectónicas, modernización de mobiliario y rotulación exterior.
Quién puede solicitarla
Microempresas: autónomos (empresario/a individual), sociedades (SA, SRL, SLNE, SL unipersonal) con capital 100% de personas físicas, y comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica en atribución de rentas en el IRPF, todas ellas con la condición de microempresa según el Reglamento (UE) nº 651/2014.
Periodo de ejecución
Gastos subvencionables realizados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
Plazo de solicitud
20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Cómo se presenta
Sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife: https://sede.tenerife.es (sección «Trámites»)
Forma de pago
Pago único tras justificación de los gastos realizados. No se abona si el beneficiario tiene deudas tributarias o con la Seguridad Social pendientes.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea u organismos internacionales
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 40%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Tener la condición de microempresa según el Reglamento (UE) nº 651/2014
- En el caso de sociedades, capital social participado al 100% por personas físicas
- Alcanzar un mínimo de 25 puntos en los criterios de valoración
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el momento del pago
- No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
Gastos subvencionables
- Gastos de reforma de locales
- Inversiones en equipamiento
- Actuaciones de eficiencia energética
- Embellecimiento del local
- Adaptación y eliminación de barreras arquitectónicas
- Modernización de mobiliario y rotulación exterior
Documentación requerida
- Formulario normalizado oficial del Cabildo Insular de Tenerife
- Documentación relacionada en el Anexo I de las Bases reguladoras
- En Modalidad 1: documentación justificativa junto con la solicitud
- En Modalidad 2: documentación que acredite el carácter subvencionable de los gastos en el momento de la solicitud, y justificación posterior en plazo de 3 meses desde el otorgamiento
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización de los gastos subvencionados
- En Modalidad 2: presentar justificación en el plazo de 3 meses desde el día siguiente al otorgamiento
- Mantener el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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