Reestructura y reconvierte tu viñedo en La Rioja (convocatoria 2026)
Viticultores y viticultoras de La Rioja. Máx. 15 ha por solicitante y convocatoria.
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 884948
Título oficial: Ayudas a la restructuración y reconversión de viñedo 2026
Convocatoria 2026 de ayudas para operaciones anuales de reestructuración y reconversión de viñedo en La Rioja, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027, con solicitud de pago final prevista en el ejercicio financiero 2027.
Presupuesto
10,00 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días06/02/2026 — 27/02/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de operaciones anuales de reestructuración y reconversión de viñedo en el marco de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV) 2024-2027 en La Rioja.
Quién puede solicitarla
Quienes cumplan los requisitos del artículo 3 de la Orden de bases reguladoras. En el caso de replantaciones, deben poder obtener autorización de plantación a tiempo para ejecutar la operación anual.
Periodo de ejecución
Del 15 de abril de 2026 al 30 de junio de 2027 para operaciones anuales (ampliable según el apartado 14 de la resolución).
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja hasta las 14:00 h del 27 de febrero de 2026.
Cómo se presenta
Obligatoriamente a través de la plataforma informática del Gobierno de La Rioja: https://agro1.larioja.org/cex_agro/infra/index.jsp
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos del artículo 3 de la Orden ATP/2/2023 (bases reguladoras).
- Solo se admiten operaciones anuales; no se permiten operaciones bienales en esta convocatoria.
- En replantaciones, disponer de autorización de plantación a tiempo para ejecutar la operación.
- Superficie máxima de 15 hectáreas por viticultor/a y convocatoria.
- Solicitud obligatoria a través de la plataforma informática del Gobierno de La Rioja.
- Los costes subvencionables se calculan obligatoriamente con los costes máximos del anexo I de la convocatoria.
Gastos subvencionables
- Acciones de reestructuración y reconversión de viñedo establecidas en el artículo 6 de la Orden de bases.
- Costes de contribución en especie, conforme a los costes normales de mercado del anexo I de la convocatoria.
- Variedades incluidas en DOP o IGP (DOCa Rioja, DOP Cava e IGP Valles de Sadacia con zona de producción en La Rioja) según anexo VII.
Documentación requerida
- Información prevista en el artículo 8.4 de la Orden de bases reguladoras.
- Solicitud presentada a través de la plataforma https://agro1.larioja.org/cex_agro/infra/index.jsp
Exclusiones
- No se admiten solicitudes de operaciones bienales.
- No se consideran las características f), h) y k) del artículo 6.3 de la orden de bases (zonas edafológicamente óptimas para cambio climático y variedades mejor adaptadas) por falta de estudio técnico avalado en La Rioja.
Obligaciones posteriores
- Presentar la solicitud de pago final en el ejercicio financiero 2027.
- Ejecutar las operaciones dentro del periodo establecido (15 de abril de 2026 – 30 de junio de 2027), salvo ampliación conforme al apartado 14 de la resolución.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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