Avido
Solicitable Abierta Autonómica · Madrid

Recupera tu pyme o negocio autónomo tras los incendios

Para pymes y autónomos comerciales, de servicios y artesanos en la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO · nº 928115

Título oficial: AYUDAS PARA PYMES COMERCIALES, DE SERVICIOS Y ARTESANAS AFECTADAS INCENDIOS

Estas ayudas están destinadas a pymes y autónomos de los sectores comercial, de servicios y artesano que hayan sufrido daños por incendios en la Comunidad de Madrid.

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Presupuesto

3.000.000 €

Plazo de solicitud

1 de 60 días

Quedan 59 días

Abrió 10/09 · cierra 09/11/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Reformas y eficiencia energética

Cuantía por beneficiario

Hasta 15.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Concesión de ayudas de emergencia a tanto alzado para pymes afectadas por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid, declarando el crédito disponible para 2026 (6.000.000 €).

Quién puede solicitarla

Pequeñas y medianas empresas (personas jurídicas) con menos de 250 trabajadores que desarrollen actividad en los municipios afectados. También comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica con actividad económica afectada.

Plazo de solicitud

Dos meses contados a partir del día hábil siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Forma de pago

Pago único por beneficiario (10.000 € o hasta 15.000 € si no se ha podido reanudar la actividad por daños graves en el establecimiento).

Requisitos clave

  • Tener la condición de pyme con menos de 250 trabajadores
  • Desarrollar actividad económica en alguno de los municipios afectados según el Anexo de las normas reguladoras
  • Haber iniciado la actividad antes del 23 de julio de 2026
  • Haber sufrido daños, perjuicios o afecciones en la actividad por los incendios o las medidas adoptadas para su extinción, por importe al menos equivalente a la ayuda solicitada
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003

Documentación requerida

  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario (conforme a las normas reguladoras)

Exclusiones

  • Cada solicitante solo puede obtener una ayuda, con independencia del número de establecimientos o centros de actividad afectados

Obligaciones posteriores

  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control posterior previstas en la Ley 38/2003 y en la Ley 2/1995

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 09/11/2026 — quedan 59 días para solicitarla.

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