Proyectos experienciales de empleo y formación en La Rioja
Entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de La Rioja
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO · nº 887907
Título oficial: Convocatoria 2026 subvenciones proyectos experienciales de empleo y formación
Subvenciones en concurrencia competitiva para ejecutar proyectos experienciales de empleo y formación dirigidos a mejorar la ocupabilidad, la cualificación y la inserción profesional de personas desempleadas en La Rioja.
Presupuesto
2.200.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días24/02/2026 — 09/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de proyectos experienciales de empleo y formación para mejorar la ocupabilidad, cualificación e inserción profesional de personas desempleadas en La Rioja.
Quién puede solicitarla
Entidades y corporaciones locales de La Rioja (y sus organismos autónomos y entidades dependientes de titularidad íntegramente local), así como asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en La Rioja.
Periodo de ejecución
Actuaciones con cargo a los presupuestos de los ejercicios 2026 y 2027.
Plazo de solicitud
10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cómo se presenta
Obligatoriamente por medios electrónicos a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=13147).
Requisitos clave
- Tener sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (para entidades sin ánimo de lucro).
- Cumplir los requisitos establecidos en la Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre.
- Presentar la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja.
Obligaciones posteriores
- Someterse a las obligaciones establecidas en el artículo 27 de la Orden EDE/81/2025.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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