Proyectos de salud en poblaciones vulnerables en la Comunitat Valenciana
Ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana adheridos a XarxaSalut
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE SALUD PÚBLICA Y DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO · nº 906439
Título oficial: LÍNEA SO147 Resolución del conseller de Sanidad por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas en materia de salud pública en relación a las subvenciones destinadas a proyectos de promoción de la salud y acceso a servicios y programas de salud en pob
Subvenciones para financiar proyectos de promoción de la salud y acceso a servicios y programas de salud en poblaciones en situación de especial vulnerabilidad en la Comunitat Valenciana.
Presupuesto
163.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días29/05/2026 — 11/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de promoción de la salud y acceso a servicios y programas de salud en poblaciones en situación de especial vulnerabilidad (barrios vulnerables, entornos rurales, minorías étnicas, desempleo), incluyendo grupos de trabajo intersectoriales y abordaje de la obesidad infantil.
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana que trabajen con población en situación de vulnerabilidad y estén adheridos a XarxaSalut.
Plazo de solicitud
10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Cómo se presenta
Exclusivamente por vía telemática en el Registro electrónico de la Generalitat, a través de la sede electrónica (http://sede.gva.es) o del portal de la Conselleria (https://www.san.gva.es/es/web/ayudas-y-subvenciones)
Requisitos clave
- Estar adherido a XarxaSalut
- Trabajar con población en situación de vulnerabilidad
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones
- Cumplir los requisitos del artículo 3 de la Orden 2/2026
- Cumplir la normativa de igualdad entre mujeres y hombres (Ley 9/2003 y LO 3/2007)
- Disponer de plan de igualdad cuando la legislación lo exija
Exclusiones
- Entidades cuyos fines, sistema de admisión, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.