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No solicitable Cerrada Autonómica · Madrid

Proyectos ambientales para entidades sin ánimo de lucro en Madrid

Entidades sin ánimo de lucro con actuaciones en la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR · nº 904719

Título oficial: SUBVENCIÓN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PROYECTOS AMBIENTALES 2026

Subvenciones de la Comunidad de Madrid para que entidades sin ánimo de lucro realicen actividades y proyectos ambientales orientados a la conservación, defensa y recuperación del patrimonio natural de la región.

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Presupuesto

500.000 €

Plazo de solicitud

13 de 13 días

26/05/2026 — 08/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 60.000 € (hasta 100% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar la realización de actividades y proyectos ambientales por entidades sin ánimo de lucro: conservación de biodiversidad, espacios naturales protegidos, hábitats de interés comunitario, humedales, Red Natura 2000 y uso público sostenible, con criterios de adaptación al cambio climático.

Quién puede solicitarla

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en registros oficiales, con la actividad subvencionable entre sus fines estatutarios, con experiencia acreditada en proyectos medioambientales y con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.

Periodo de ejecución

Máximo 12 meses desde el inicio de la ejecución (prorrogable con autorización). Las actuaciones pueden comenzar desde el 1 de enero de 2026 y deben finalizar, incluidas prórrogas, antes del 31 de diciembre de 2027.

Plazo de solicitud

No especificado en el extracto.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid)

Forma de pago

Pago único tras justificación de la actividad subvencionada, ingresado en cuenta bancaria del beneficiario. Posibilidad de pagos parciales anticipados según bases.

Requisitos clave

  • Estar inscrita en los registros oficiales correspondientes
  • Tener entre los fines estatutarios la actividad subvencionable solicitada
  • Acreditar experiencia en actividades o proyectos medioambientales relacionados con el objeto de la convocatoria
  • Tener como ámbito territorial de actuación la Comunidad de Madrid
  • No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones)

Gastos subvencionables

  • Gastos directamente relacionados con el proyecto para el que se solicita la subvención
  • Gastos estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto
  • Gastos efectivamente contraídos y pagados durante el período subvencionable
  • IVA excluido del cómputo del importe máximo subvencionable

Exclusiones

  • Administración General del Estado
  • Administraciones de Comunidades Autónomas
  • Entidades de la Administración Local
  • Entes públicos o sociedades mercantiles dependientes de las administraciones públicas
  • Entidades en quienes concurran las circunstancias de los apartados 2, 3 y 3 bis del art. 13 de la Ley 38/2003

Obligaciones posteriores

  • Justificar la realización de la actividad subvencionada en el plazo de un mes desde la finalización de la actuación
  • Cumplimentar el anexo IV de la convocatoria disponible en sede.comunidad.madrid
  • Iniciar las actuaciones en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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