Proyectos ambientales para entidades sin ánimo de lucro en Madrid
Entidades sin ánimo de lucro con actuaciones en la Comunidad de Madrid
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR · nº 904719
Título oficial: SUBVENCIÓN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PROYECTOS AMBIENTALES 2026
Subvenciones de la Comunidad de Madrid para que entidades sin ánimo de lucro realicen actividades y proyectos ambientales orientados a la conservación, defensa y recuperación del patrimonio natural de la región.
Presupuesto
500.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días26/05/2026 — 08/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Madrid
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 60.000 € (hasta 100% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la realización de actividades y proyectos ambientales por entidades sin ánimo de lucro: conservación de biodiversidad, espacios naturales protegidos, hábitats de interés comunitario, humedales, Red Natura 2000 y uso público sostenible, con criterios de adaptación al cambio climático.
Quién puede solicitarla
Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en registros oficiales, con la actividad subvencionable entre sus fines estatutarios, con experiencia acreditada en proyectos medioambientales y con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.
Periodo de ejecución
Máximo 12 meses desde el inicio de la ejecución (prorrogable con autorización). Las actuaciones pueden comenzar desde el 1 de enero de 2026 y deben finalizar, incluidas prórrogas, antes del 31 de diciembre de 2027.
Plazo de solicitud
No especificado en el extracto.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid)
Forma de pago
Pago único tras justificación de la actividad subvencionada, ingresado en cuenta bancaria del beneficiario. Posibilidad de pagos parciales anticipados según bases.
Requisitos clave
- Estar inscrita en los registros oficiales correspondientes
- Tener entre los fines estatutarios la actividad subvencionable solicitada
- Acreditar experiencia en actividades o proyectos medioambientales relacionados con el objeto de la convocatoria
- Tener como ámbito territorial de actuación la Comunidad de Madrid
- No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones)
Gastos subvencionables
- Gastos directamente relacionados con el proyecto para el que se solicita la subvención
- Gastos estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto
- Gastos efectivamente contraídos y pagados durante el período subvencionable
- IVA excluido del cómputo del importe máximo subvencionable
Exclusiones
- Administración General del Estado
- Administraciones de Comunidades Autónomas
- Entidades de la Administración Local
- Entes públicos o sociedades mercantiles dependientes de las administraciones públicas
- Entidades en quienes concurran las circunstancias de los apartados 2, 3 y 3 bis del art. 13 de la Ley 38/2003
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización de la actividad subvencionada en el plazo de un mes desde la finalización de la actuación
- Cumplimentar el anexo IV de la convocatoria disponible en sede.comunidad.madrid
- Iniciar las actuaciones en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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