Promueve eventos de interés turístico y cultural en Jaén
En la provincia de Jaén
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN · nº 902255
Título oficial: CONVOCATORIA DESTINADA A ASOCIACIONES E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EVENTOS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y ESPECIAL INTERÉS RELACIONADOS CON EL PATRIMONIO CULTURAL Y/O NATURAL, Y CON CAPACIDAD DE ATRACCIÓN DE VISITANTES
Convocatoria para la realización de eventos que impulsen la promoción turística y el patrimonio cultural o natural. Estos eventos deben tener capacidad para atraer visitantes a la provincia de Jaén.
Presupuesto
97.200 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días01/05/2026 — 20/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Jaén
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 8.000 € (hasta 75% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar eventos de promoción turística relacionados con el patrimonio cultural y/o natural con capacidad de atracción de visitantes, incluyendo su diseño, organización, promoción y desarrollo.
Quién puede solicitarla
Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. Cada entidad puede presentar una única solicitud.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero de 2026 al 31 de marzo de 2027.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP hasta el 20 de mayo de 2026.
Forma de pago
Pago único tras justificación del gasto realizado.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas.
Requisitos clave
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Disponer de personalidad jurídica propia.
- La actividad a subvencionar debe estar comprendida en el objeto o fines sociales de la entidad.
- Presentar una única solicitud por entidad.
Gastos subvencionables
- Los previstos en el artículo 22 de la Convocatoria.
Documentación requerida
- La prevista en el artículo 10 de la Convocatoria.
Exclusiones
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia.
- Comunidades de bienes y unidades económicas o patrimonios separados sin personalidad jurídica.
- Adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables.
- Equipamiento de cualquier tipo.
Obligaciones posteriores
- Justificar el gasto realizado antes del cobro de la subvención.
- Presentar la documentación de justificación señalada en el artículo 24 de la Convocatoria antes del 30 de junio de 2027.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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