Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Madrid

Promoción y digitalización del comercio para asociaciones de Madrid

Asociaciones, federaciones y confederaciones de comercio y servicios de la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO · nº 885168

Título oficial: AYUDAS PROMOCIÓN COMERCIAL DE ASOCIACIONES 2026

Ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para desarrollar actividades de promoción y proyectos de digitalización del comercio minorista y los servicios.

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Presupuesto

500.000 €

Plazo de solicitud

26 de 26 días

13/02/2026 — 11/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Madrid

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Digitalización

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de actividades de promoción comercial y proyectos de digitalización (TIC, comercio electrónico, marketing digital) del comercio minorista y los servicios.

Quién puede solicitarla

Asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid que agrupen mayoritariamente a empresarios de comercio minorista y determinados servicios (IAE grupos 64, 65, 66, 691, 971, 972, 973.1 y 975), con sede social y fiscal en la Comunidad de Madrid y al menos 15 socios con domicilio de actividad en dicho territorio.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid)

Requisitos clave

  • Agrupar mayoritariamente a empresarios encuadrados en los epígrafes IAE indicados (comercio minorista y servicios específicos).
  • En asociaciones multisectoriales, los sectores de comercio y servicios deben representar al menos el 30% de las agrupaciones.
  • Mínimo de 15 establecimientos o puntos de venta participantes, socios de la entidad solicitante.
  • Todos los establecimientos participantes deben tener el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.
  • La entidad solicitante debe tener sede social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias prohibidas del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal propio que preste servicios en actividades de promoción y/o digitalización (salario bruto, pagas extra y cuota empresarial SS), con contrato superior a 6 meses.
  • Gastos de personal externo para actuaciones promocionales o de digitalización (azafatas, traductores, seguridad, limpieza, mantenimiento).
  • Creación de sistemas de comunicación electrónicos tipo intranet entre asociados.
  • Actividades de digitalización e incorporación de TIC a través de plataformas de comercio electrónico propias y ajenas.
  • Marketing digital, campañas en redes sociales y web, comercio electrónico y transformación digital.
  • Creación, incorporación o mantenimiento de páginas web, aplicaciones, plataformas tecnológicas, marketplaces, registros de dominios, suscripciones y comisiones en portales comerciales.
  • Consultoría, asesoramiento, formación, jornadas técnicas, talleres, congresos y seminarios profesionales.
  • Diseño y producción de páginas web propias de la asociación.
  • Sistemas de evaluación, auditorías de control y evaluación de resultados.
  • Organización y/o participación en ferias y eventos.
  • Acciones promocionales: campañas, street marketing, premios, concursos, exposiciones, promociones en punto de venta, degustaciones y demostraciones.
  • Diseño y ejecución de estrategias de difusión, comunicación y promoción; alquiler de espacios, equipos, material, publicidad y otros soportes.

Exclusiones

  • Asociaciones, federaciones y confederaciones en las que concurra alguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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