Solicitable Abierta Autonómica · Extremadura

Mantén el alta en RETA 12 meses más y recibe 2.500 € en Extremadura

Autónomos extremeños beneficiarios del Programa I que prolonguen su alta en RETA o mutualidad

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE) · nº 933304

Título oficial: Ayudas 2026/27, del Programa V, a personas trabajadoras autónomas beneficiarias de ayudas del Prog. I para el mantenimiento alta en RETA o mutualidad alternativa durante un periodo adicional de 12 meses según Resol. 28 de septiemb. de 2026 que las convoca

Subvención de 2.500 € para personas trabajadoras autónomas de Extremadura que, habiendo recibido las ayudas del Programa I, mantengan el alta en RETA o mutualidad alternativa durante 12 meses adicionales al periodo obligatorio.

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Presupuesto

6.000.000 €

Plazo de solicitud

10/10/2026 — —

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Extremadura

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Emprendimiento

Cuantía por beneficiario

Hasta 2.500 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvención para el mantenimiento del alta en RETA o mutualidad alternativa durante un periodo adicional de 12 meses, dirigida a autónomos que ya fueron beneficiarios del Programa I de fomento del empleo autónomo en Extremadura.

Quién puede solicitarla

Personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I y mantengan el alta en RETA o mutualidad alternativa durante un periodo adicional de 12 meses al obligatorio.

Periodo de ejecución

12 meses adicionales al periodo de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente al inicio del periodo adicional de actividad hasta los cinco meses naturales siguientes al mes de dicho inicio. La convocatoria tiene una vigencia de doce meses desde el día siguiente a su publicación en el DOE.

Cómo se presenta

Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/w/6443); tramitación íntegramente telemática

Requisitos clave

  • Haber sido beneficiario/a de las ayudas del Programa I del mismo decreto de bases reguladoras
  • Mantener el alta en RETA o mutualidad alternativa durante 12 meses adicionales al periodo obligatorio de 24 meses

Obligaciones posteriores

  • Mantener el alta en RETA o mutualidad alternativa durante el periodo adicional de 12 meses subvencionado

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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