Programas Talento Mozo: formación y empleo para jóvenes en Galicia
Ayuntamientos, mancomunidades y entidades públicas vinculadas en Galicia
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · nº 890148
Título oficial: Orde convocatoria Programas Formación-Emprego Talento Mozo
Subvenciones para que entidades locales gallegas promuevan programas de formación-empleo dirigidos a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, combinando trabajo efectivo y formación profesional.
Presupuesto
6.614.500 €
Plazo de solicitud
27 de 27 días30/03/2026 — 26/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Galicia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Educación, cultura y deportes, Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas experienciales de empleo y formación (Talento Mozo) dirigidos a mejorar la ocupabilidad, cualificación e inserción profesional de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en Galicia, mediante la realización de obras o servicios de interés general y social.
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y entidades públicas dependientes o vinculadas a ayuntamientos o mancomunidades de titularidad íntegramente pública. También agrupaciones de ayuntamientos limítrofes o de la misma comarca, siempre que pertenezcan a la misma provincia.
Periodo de ejecución
Anualidades 2026 y 2027
Plazo de solicitud
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia
Compatibilidad con otras ayudas
Cofinanciada en un 60% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+ Galicia 2021-2027)
Requisitos clave
- Ser competente para la ejecución de las obras o servicios del proyecto
- Disponer de capacidad técnica y de gestión suficiente para realizar el proyecto
- Tener una media de paro registrado en 2025 superior a 300 personas en el ámbito territorial del proyecto (o superior a 100 si el ayuntamiento tiene ≤2.000 habitantes)
- El requisito de paro mínimo no aplica cuando la agrupación incluya al menos tres ayuntamientos limítrofes de la misma provincia, o dos si uno es resultado de fusión
- Los ayuntamientos agrupados deben pertenecer a la misma provincia
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.