Programas supracomunitarios sobre adicciones para entidades sin ánimo de lucro
Entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS · nº 908371
Título oficial: Resolución 12 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca concesión de ayudas económicas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito estatal, para la realización de programas supracomunitarios sobre adicciones
Convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva para el desarrollo de programas en el campo de las adicciones que afecten a dos o más Comunidades Autónomas, dirigida a entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal.
Presupuesto
999.490 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días29/05/2026 — 18/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas en el campo de las adicciones que afecten al ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas, con planificación, gestión y evaluación centralizada.
Quién puede solicitarla
Entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal, legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente, con carácter privado y sin fines lucrativos reflejado en sus estatutos, y que no estén incursas en los supuestos del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
Cómo se presenta
Página web del Ministerio de Sanidad: https://pnsd.sanidad.gob.es/delegacionGobiernoPNSD/convocatoriaSubvenciones/home.htm
Requisitos clave
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro nacional correspondiente.
- Constar en estatutos el carácter privado, la carencia de fines lucrativos y el ámbito estatal de actuación.
- El programa debe afectar al ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas.
- El programa debe requerir planificación, gestión y evaluación centralizada.
- No estar incursa en los supuestos de los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.
Exclusiones
- Programas consistentes en intervenciones en el ámbito individual o de atención directa a usuarios.
- Programas cuya eficacia se circunscriba al ámbito de una única Comunidad Autónoma, aunque se realicen en varias de ellas.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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