Avido
No solicitable Cerrada Estatal

Programas supracomunitarios sobre adicciones para entidades sin ánimo de lucro

Entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS · nº 908371

Título oficial: Resolución 12 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca concesión de ayudas económicas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito estatal, para la realización de programas supracomunitarios sobre adicciones

Convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva para el desarrollo de programas en el campo de las adicciones que afecten a dos o más Comunidades Autónomas, dirigida a entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal.

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Presupuesto

999.490 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

29/05/2026 — 18/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de programas en el campo de las adicciones que afecten al ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas, con planificación, gestión y evaluación centralizada.

Quién puede solicitarla

Entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal, legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente, con carácter privado y sin fines lucrativos reflejado en sus estatutos, y que no estén incursas en los supuestos del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.

Cómo se presenta

Página web del Ministerio de Sanidad: https://pnsd.sanidad.gob.es/delegacionGobiernoPNSD/convocatoriaSubvenciones/home.htm

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro nacional correspondiente.
  • Constar en estatutos el carácter privado, la carencia de fines lucrativos y el ámbito estatal de actuación.
  • El programa debe afectar al ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas.
  • El programa debe requerir planificación, gestión y evaluación centralizada.
  • No estar incursa en los supuestos de los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003.

Exclusiones

  • Programas consistentes en intervenciones en el ámbito individual o de atención directa a usuarios.
  • Programas cuya eficacia se circunscriba al ámbito de una única Comunidad Autónoma, aunque se realicen en varias de ellas.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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