Programa ICEX Next: subvenciones para internacionalizar tu pyme
Pymes españolas con potencial exportador y proyecto competitivo internacional
ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, EP E. · nº 934425
Título oficial: Resolución del 08 de octubre de 2026 por la que se convoca para 2026 la concesión de subvenciones del “Programa ICEX Next de iniciación y consolidación de la exportación” de ICEX España Exportación e Inversiones , E.P.E.
Subvenciones para pymes españolas que quieran crecer en mercados exteriores a través del programa ICEX Next, que incluye asesoramiento especializado y financiación de gastos de internacionalización.
Presupuesto
3.600.000 €
Plazo de solicitud
16 de 19 díasQuedan 3 días
Abrió 11/10 · cierra 30/10/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar el crecimiento internacional de pymes españolas mediante asesoramiento experto en estrategia exterior y subvención de gastos que faciliten su expansión en terceros mercados.
Quién puede solicitarla
Pymes españolas (excluidas asociaciones y fundaciones) con producto o servicio propio comercializable internacionalmente, marca propia, facturación superior a 300.000 € (o cero para empresas de base tecnológica de reciente creación), al menos una persona en plantilla con responsabilidades internacionales, web propia y sin participación previa en programas de iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next), salvo excepciones.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE hasta el 30 de octubre de 2026 (a las 14h)
Cómo se presenta
Web de ICEX (www.icex.es), mediante solicitud firmada digitalmente por el representante legal
Requisitos clave
- Ser PYME según el Reglamento (UE) nº 651/2014 (excluidas asociaciones y fundaciones)
- Tener producto o servicio propio comercializable internacionalmente y marca propia
- No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera
- Facturación superior a 300.000 € (o cero para empresas de base tecnológica de reciente creación con menos de 5 o 7 años)
- Contar con al menos una persona en plantilla con responsabilidades del proyecto internacional y disponer de web propia
- No haber participado previamente en programas de iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next), salvo excepciones
Gastos subvencionables
- Gastos que faciliten el crecimiento de la empresa en terceros mercados (según bases reguladoras)
Documentación requerida
- Solicitud cumplimentada y firmada digitalmente por el representante legal
- Documentación acreditativa de los requisitos de acceso
- Documentación justificativa de ventas (declaraciones trimestrales de IVA o facturas) si la facturación no alcanza el mínimo en el ejercicio 2025
Exclusiones
- Asociaciones y Fundaciones
- Filiales comerciales o productivas de empresa extranjera
- Empresas con impagos con ICEX
- Empresas que no cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Empresas que hayan participado en programas de iniciación ICEX (PIPE o ICEX Next), salvo las que participaron entre 1997 y 2012 con facturación superior a 1.500.000 €
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 30/10/2026 — quedan 3 días para solicitarla.
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