Paralización temporal de la flota pesquera de la Región de Murcia (2026)
Armadores y pescadores de flota de arrastre, cerco y palangre con puerto base en Murcia
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA · nº 904798
Título oficial: Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas para la paralización temporal de la flota pesquera de la Región de Murcia, a efectos de 2026, del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
Ayudas cofinanciadas por el FEMPA para compensar la paralización temporal de la actividad pesquera de las flotas de arrastre, cerco y palangre con puerto base en la Región de Murcia durante 2026.
Presupuesto
1.300.000 €
Plazo de solicitud
74 de 176 díasQuedan 102 días
Abrió 15/05 · cierra 07/11/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Persona física, Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Murcia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Detalle de la convocatoria
Objeto
Compensación económica por la paralización temporal de la actividad pesquera de las modalidades de arrastre, cerco y palangre con puerto base en la Región de Murcia, en el marco del FEMPA.
Quién puede solicitarla
Armadores de buques pesqueros registrados como activos con al menos 120 días de actividad en el mar en los dos años anteriores a la solicitud, y pescadores que hayan trabajado al menos 120 días en el mar en ese mismo período a bordo de un buque afectado por la paralización.
Periodo de ejecución
Durante el año 2026, en los períodos de parada temporal establecidos para cada modalidad
Plazo de solicitud
Tres períodos: (a) 15 al 31 de mayo de 2026 para palangre y arrastre de fondo (primer tramo); (b) 1 al 10 de junio de 2026 para cerco; (c) 3 al 7 de noviembre de 2026 para arrastre de fondo (segundo tramo)
Forma de pago
Pago previa justificación por el beneficiario de la no realización de la actividad pesquera durante el período de parada temporal
Requisitos clave
- Estar registrado como activo en el Registro General de la Flota Pesquera (armadores)
- Haber llevado a cabo actividad pesquera de al menos 120 días en el mar durante los dos años anteriores a la solicitud (armadores)
- Haber trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años anteriores a la solicitud (pescadores)
- El buque debe tener puerto base en la Región de Murcia
- Pertenecer a las modalidades de arrastre, cerco o palangre
Gastos subvencionables
- Compensación por días de paralización temporal de la actividad pesquera
Obligaciones posteriores
- Justificar la no realización de la actividad pesquera durante el período de parada temporal
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 07/11/2026 — quedan 102 días para solicitarla.
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