Moderniza tus espacios productivos con redes inteligentes y energía
Para autónomos, pymes y grandes empresas en Andalucía
AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA · nº 899703
Título oficial: Resolución de 20 de Abril de 2026, convocatoria Linea 2 Energía del Programa 2 Espacios productivos. Act. Redes Inteligentes y nuevos modelos de mercado energético
Esta convocatoria impulsa la implementación de redes inteligentes y el desarrollo de nuevos modelos de mercado energético. Busca modernizar los espacios productivos.
Presupuesto
5.850.000 €
Plazo de solicitud
16/06/2026 — —
Beneficiarios
Gran empresa, Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Incentivos para actuaciones de eficiencia energética (sector público local y privado), energías renovables, redes inteligentes y nuevos modelos de mercado energético, almacenamiento de energía e infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en espacios productivos de Andalucía (tipos L2.2.2 a L2.2.9).
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro que realicen actividad económica; entidades de gestión de espacios productivos, asociaciones o comunidades de propietarios; comunidades de energía renovables o ciudadanas de energía cuyos miembros realicen actividad económica; y entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas.
Requisitos clave
- La actividad económica vinculada a la actuación debe estar encuadrada en los códigos CNAE 2009 o 2025 admitidos según el tipo de actuación y el tipo de solicitante.
- Los costes subvencionables son los establecidos en el Anexo II (Catálogo de actuaciones) de la Orden de 13 de marzo de 2025.
- Las actuaciones deben encuadrarse en alguno de los tipos L2.2.2 a L2.2.9 de la Línea 2 del Programa 2.
- Para créditos FEDER (código 77200) con ámbitos de intervención 40, 48 y 50, las grandes empresas pueden recibir como máximo el 35% del crédito disponible.
Gastos subvencionables
- Conceptos de inversión y gasto previstos en el apartado 5.b).1º del Cuadro Resumen II de la Orden de 13 de marzo de 2025.
- Costes subvencionables del Anexo II (Catálogo de actuaciones) para cada tipo de actuación (L2.2.2 a L2.2.9).
Exclusiones
- Sectores y actividades excluidos del ámbito de aplicación conforme al artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2025.
- Códigos CNAE no relacionados en el Anexo III de la convocatoria para los tipos de actuación que así lo requieran.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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