Moderniza tu comercio minorista en Cantabria
Pequeñas empresas del comercio minorista y servicios complementarios en Cantabria
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 896600
Título oficial: Orden IND/13/2026, de 30 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones al sector de la distribución comercial minorista en Cantabria para el año 2026.
Subvenciones para pequeñas empresas del comercio minorista y servicios complementarios en Cantabria que financian obras de reforma, equipamiento, seguridad y nuevas tecnologías en establecimientos físicos.
Presupuesto
1.290.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días11/04/2026 — 11/05/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización, Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 8.000 € (hasta 35% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar inversiones en obras de reforma y acondicionamiento, eliminación de barreras arquitectónicas, equipamiento comercial, sistemas de seguridad y nuevas tecnologías en establecimientos del comercio minorista y servicios complementarios en Cantabria.
Quién puede solicitarla
Pequeñas empresas del comercio minorista y/o servicios complementarios al comercio con menos de 50 personas en plantilla, volumen de negocio o balance inferior a 10 M€, con establecimiento físico permanente radicado en Cantabria o, en el caso de comercio no sedentario, domiciliadas fiscalmente en Cantabria.
Periodo de ejecución
Gastos realizados y pagados entre el 11 de junio de 2025 y la fecha de fin de presentación de solicitudes
Plazo de solicitud
20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
Requisitos clave
- Plantilla inferior a 50 personas y volumen de negocio o balance general inferior a 10 millones de euros
- No estar participada en más de un 25% por otra empresa que supere esos límites de forma consolidada
- Disponer de establecimiento físico permanente abierto al público radicado en Cantabria
- Actividad principal encuadrada en los epígrafes del IAE indicados en la convocatoria
- Para comercio no sedentario: actividad principal de venta ambulante (mercadillos o vehículo-tienda) y domicilio fiscal en Cantabria
- Inversión subvencionable mínima de 1.500 € (IVA excluido)
Gastos subvencionables
- Obras de acondicionamiento y reforma del establecimiento comercial que impliquen modernización
- Obras para eliminar barreras arquitectónicas que faciliten el acceso a personas con movilidad reducida
- Adquisición de equipamiento comercial y maquinaria relacionados con la actividad del establecimiento
- Instalación de sistemas de seguridad para la vigilancia del establecimiento
- Incorporación de nuevas tecnologías: equipamiento informático, redes, páginas web (máx. 2.000 € en desarrollo web/e-commerce), aplicaciones móviles y software de facturación
- Para comerciantes ambulantes: adquisición o adaptación de remolques/camiones-tienda, toldos, estructuras de venta, mobiliario, equipos de frío y equipos informáticos exclusivos para la venta ambulante
Exclusiones
- Facturas inferiores a 50 euros
- Empresas incluidas en el epígrafe 654.1 del IAE (no les aplica el límite de tamaño del apartado 1)
- Gastos no efectivamente realizados y pagados entre el 11 de junio de 2025 y la fecha límite de presentación de solicitudes
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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