Mejora y rehabilitación de establecimientos comerciales a pie de calle en la Bisbal d'E...
Autónomos y pymes con establecimientos a pie de calle en la Bisbal d'Empordà
AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA · nº 906205
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA, REHABILITACIÓN Y NUEVA IMPLEMENTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DE RESTAURACIÓN, DE OFICINAS-SERVICIOS Y DE ACTIVIDADES TRADICIONALES Y ARTESANÍA SITUADOS A PIE DE CALLE. ANUALIDAD 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para la mejora, rehabilitación y nueva implementación de establecimientos comerciales, de restauración, de oficinas-servicios y de actividades tradicionales y artesanía situados a pie de calle en la Bisbal d'Empordà.
Presupuesto
7.500 €
Plazo de solicitud
Quedan 64 días
Abrió 30/09 · cierra 30/09/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Girona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización, Emprendimiento, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 2.000 € (hasta 35% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la mejora, rehabilitación y nueva implementación de establecimientos comerciales, de restauración, de oficinas-servicios y de actividades tradicionales y artesanía situados a pie de calle en la Bisbal d'Empordà.
Quién puede solicitarla
Autónomos y empresas con establecimientos a pie de calle en la Bisbal d'Empordà que reúnan los requisitos de las bases específicas reguladoras.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero de 2025 al 31 de agosto de 2026
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el BOP hasta el 30 de septiembre de 2026
Cómo se presenta
Registro General del Ayuntamiento de la Bisbal d'Empordà o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente sobre procedimiento administrativo
Requisitos clave
- Establecimiento situado a pie de calle en la Bisbal d'Empordà
- Cumplir los requisitos detallados en el punto 4 de las bases específicas reguladoras
- El gasto subvencionable debe estar comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de agosto de 2026
- Presentar la justificación junto con la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026
Gastos subvencionables
- Rehabilitación y pintado de fachada
- Mejora y/o ampliación del escaparate
- Colocación o sustitución de puerta de acceso y/o persianas/verjas
- Letreros y toldos (colocación o sustitución)
- Implantación de medidas de eficiencia energética (inversión mínima 500 €)
- Equipamiento, maquinaria y herramientas de innovación tecnológica para la mejora de la competitividad (inversión mínima 500 €)
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud (disponible en www.labisbal.cat)
- Justificación de las acciones subvencionables
- Memoria del proyecto desarrollado
Obligaciones posteriores
- Presentar la justificación de las acciones subvencionables junto con la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Aún no se puede solicitar
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