Subvenciones para equipamiento y mejora de edificios públicos en municipios de Extremadura
Municipios y entidades locales menores de Extremadura con menos de 20.000 habitantes
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL · nº 936209
Título oficial: Ayudas 2026 a municipios y entidades locales menores de Extremadura para la adquisición de equipamiento y mejora de edificios públicos municipales, según Decreto 172/2026, de 13 de octubre, que la convoca
Subvenciones de hasta 30.000 € para que municipios y entidades locales menores de Extremadura (menos de 20.000 hab.) financien la adquisición de equipamiento y la mejora de edificios públicos municipales.
Presupuesto
2.000.000 €
Plazo de solicitud
5 de 29 díasQuedan 24 días
Abrió 22/10 · cierra 20/11/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
Hasta 30.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la adquisición de equipamiento y la mejora de edificios públicos municipales para contribuir a la mejora de los servicios públicos locales.
Quién puede solicitarla
Municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 20.000 habitantes.
Periodo de ejecución
Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta la fecha establecida en la resolución de concesión individual, con límite máximo el 31 de diciembre de 2027.
Plazo de solicitud
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el DOE.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Junta de Extremadura: https://www.juntaex.es/w/0738726
Forma de pago
Pago único tras la notificación de la resolución de concesión, sin obligación de presentar garantías por pagos anticipados.
Requisitos clave
- Población inferior a 20.000 habitantes
- Cumplir los requisitos y condiciones del artículo 2 del Decreto 172/2026
- Tener prevista la realización de alguna actuación subvencionable del artículo 4 del Decreto
- Cumplir las obligaciones del artículo 13 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura
Gastos subvencionables
- Adquisición de bienes muebles y tangibles destinados a servicios públicos locales o competencias de la entidad, con vida útil superior a un año
- Gastos de transporte, entrega, montaje, instalación, configuración y puesta en funcionamiento del equipamiento, cuando sean indispensables
- Ejecución de obras y trabajos en edificios, edificaciones o instalaciones de titularidad de la entidad local afectados a servicios públicos locales
Documentación requerida
- Modelo de solicitud oficial (una única solicitud por entidad)
- Anexos según el artículo 7.3 del Decreto 172/2026
- Documentación disponible en https://www.juntaex.es/w/0738726
Obligaciones posteriores
- Cumplir las obligaciones previstas en el artículo 13 de las bases reguladoras
- Ejecutar y abonar los gastos subvencionables dentro del período subvencionable (desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta la fecha de la resolución de concesión, y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2027)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 20/11/2026 — quedan 24 días para solicitarla.
¿No quieres perderte ninguna como esta?
Te avisamos por email de las nuevas ayudas de tu zona y tu perfil, en cuanto se publican.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.