Mejora de infraestructuras en establecimientos turísticos de Galicia
Titulares de establecimientos de alojamiento y restauración en Galicia
AGENCIA TURISMO DE GALICIA · nº 891867
Título oficial: Resolución de 23.02.2026 por la que se establecen las BBRR para la concesión de subvenciones para actuaciones de mejora de las infraestructuras de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración de la CA de Galicia
Subvenciones para actuaciones de mejora de infraestructuras en establecimientos de alojamiento turístico y de restauración inscritos en el REAT de la Xunta de Galicia.
Presupuesto
4.500.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días13/03/2026 — 12/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Galicia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Detalle de la convocatoria
Objeto
Mejora de infraestructuras de establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, campamentos, turismo rural, apartamentos turísticos y albergues) y restaurantes del grupo I, inscritos y clasificados en el REAT de Galicia.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración autorizados o clasificados en el REAT de la Xunta de Galicia.
Periodo de ejecución
Actuaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2026; justificación hasta el 3 de noviembre de 2026.
Plazo de solicitud
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Requisitos clave
- Ser titular de un establecimiento turístico de alojamiento o restauración inscrito en el REAT de la Xunta de Galicia.
- El establecimiento debe estar autorizado o clasificado conforme a la normativa turística vigente.
- Los restaurantes deben pertenecer al grupo I del artículo 77 de la Ley 7/2011 del turismo de Galicia.
- Solo se puede presentar una solicitud por establecimiento.
- Un mismo titular con varios establecimientos inscritos puede presentar una solicitud por cada uno.
Gastos subvencionables
- Actuaciones de mejora de infraestructuras iniciadas a partir del 1 de enero de 2026 en establecimientos de alojamiento turístico o restauración inscritos en el REAT.
Obligaciones posteriores
- Presentar la documentación justificativa antes del 3 de noviembre de 2026.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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