Mejora de edificios, calles y espacios públicos en municipios con riesgo de despoblamiento
Municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE PRESIDENCIA · nº 911352
Título oficial: RESOLUCIÓN DE LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, POR LA CUAL SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN EDIFICIOS, ESPACIOS E INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES EN LOS MUNICIPIOS EN RIESGO DE DES
Subvenciones para actuaciones de mejora, rehabilitación y embellecimiento en edificios públicos, calles, plazas y mobiliario urbano de municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana.
Presupuesto
500.000 €
Plazo de solicitud
11 de 11 días15/06/2026 — 26/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 50.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actuaciones en edificios públicos municipales (mejora de fachadas y cubiertas), obras en calles y plazas principales (pavimentación, peatonalización, supresión de barreras, embellecimiento), mejora del mobiliario urbano y gastos accesorios necesarios (redacción de proyectos, dirección de obras, hasta el 10% del coste de ejecución).
Quién puede solicitarla
Municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana, conforme al artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026
Plazo de solicitud
10 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Requisitos clave
- Ser municipio en riesgo de despoblamiento según el artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril
- Las actuaciones deben referirse a edificios, espacios e infraestructuras municipales
- Los gastos accesorios (proyectos, dirección de obra, etc.) no pueden superar el 10% del coste de ejecución subvencionado
Gastos subvencionables
- Obras de mejora o rehabilitación en fachadas y cubiertas de edificios públicos municipales (revestimiento, pintura, retejado, sustitución y homogeneización de carpinterías exteriores)
- Obras en calles y plazas principales: pavimentación, peatonalización, urbanización, supresión de barreras arquitectónicas, embellecimiento de accesos, instalación de elementos conmemorativos, señalética e iluminación
- Actuaciones sobre mobiliario urbano de carácter inventariable: acondicionamiento, mantenimiento, mejora, embellecimiento, adquisición y/o reposición
- Gastos de redacción de proyectos/memoria, dirección de obras y otros gastos necesarios para la efectividad de las actuaciones anteriores (máximo 10% del coste de ejecución subvencionado)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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