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No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Incorporación de jóvenes agricultores al sector agrario en La Rioja

Jóvenes que se incorporan por primera vez a la actividad agrícola en La Rioja

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 885510

Título oficial: Ayudas a establecimiento sector agrario

Subvenciones para facilitar el establecimiento de personas jóvenes agricultoras que acceden por primera vez a la actividad agrícola en La Rioja, en el marco del Plan Estratégico de la PAC.

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Presupuesto

3.500.000 €

Plazo de solicitud

24 de 24 días

10/02/2026 — 06/03/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente, Emprendimiento, I+D e innovación tecnológica

Detalle de la convocatoria

Objeto

Ayudas para el establecimiento de personas jóvenes agricultoras que acceden por primera vez a la actividad agrícola, conforme al Plan Estratégico de la PAC.

Quién puede solicitarla

Jóvenes que cumplan las condiciones de admisibilidad del artículo 6 de la Orden AGM/7/2024 y pretendan acceder por primera vez a la actividad agrícola en la explotación para la que presentan el plan empresarial.

Periodo de ejecución

El plan empresarial debe iniciarse en un plazo máximo de 9 meses desde la Resolución de concesión y ejecutarse completamente antes de 18 meses desde la fecha de establecimiento (con posible prórroga de hasta 6 meses).

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y finaliza el 6 de marzo de 2026 a las 14:00 horas.

Cómo se presenta

Exclusivamente a través de la aplicación "MAG. Mejora y modernización de explotaciones agrarias" en www.larioja.org/pdr

Requisitos clave

  • Acceder por primera vez a la actividad agrícola en la explotación indicada
  • Cumplir las condiciones de admisibilidad del artículo 6 de la Orden AGM/7/2024
  • Establecerse en alguna de las modalidades del artículo 5 de la Orden reguladora
  • Presentar un plan empresarial conforme al Anexo I de la resolución de convocatoria
  • Acreditar actuaciones previas realizadas antes de la presentación de la solicitud

Documentación requerida

  • Documentación referida en el artículo 13.3 de la Orden AGM/7/2024
  • Plan empresarial según condiciones del Anexo I de la resolución de convocatoria
  • Documentación acreditativa de capacitación profesional (si se solicitan puntos por este criterio)
  • Documentación acreditativa de inversión innovadora (si se solicitan puntos por este criterio)
  • Documentación acreditativa de inversión que contribuya a mejora ambiental (si se solicitan puntos por este criterio)
  • Documentación que justifique el incremento de la prima base, si procede

Obligaciones posteriores

  • En un plazo máximo de 9 meses desde la Resolución de concesión, justificar el inicio de ejecución del plan empresarial
  • Antes de 18 meses desde la fecha de establecimiento, presentar documentación que acredite la correcta ejecución del plan empresarial y el cumplimiento de requisitos y compromisos adquiridos
  • Someterse a las obligaciones y compromisos establecidos en la Orden AGM/7/2024

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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