Incorpora socios trabajadores en tu cooperativa o sociedad laboral
Cooperativas y sociedades laborales de Extremadura
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE) · nº 898156
Título oficial: Ayudas 2026-27 en el ámbito de la economía social para la creación de empleo mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores, según Resolución de 7 de abril de 2026 que las convoca
Subvenciones para fomentar la creación de empleo mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores en cooperativas y sociedades laborales de Extremadura.
Presupuesto
750.000 €
Plazo de solicitud
18/04/2026 — —
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 12.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvencionar la creación de empleo mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores en entidades de economía social.
Quién puede solicitarla
Sociedades cooperativas (ordinarias y especiales, excepto las de crédito y seguros) y sociedades laborales, inscritas en sus respectivos registros de Extremadura.
Periodo de ejecución
Ejercicios 2026 y 2027.
Plazo de solicitud
Durante el mes en que se produce el alta o variación de datos en Seguridad Social de la persona socia o trabajadora cuyo puesto se subvenciona, y los cinco meses naturales siguientes a dicho mes.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Junta de Extremadura: https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=6266
Compatibilidad con otras ayudas
Se contempla una subvención adicional del 10 % cuando concurra la Cláusula de Responsabilidad Social y/o Plan de Igualdad de Género, cuando sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de integración cooperativa o cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género.
Requisitos clave
- Estar calificada e inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura (cooperativas) o en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura y en el Registro Mercantil (sociedades laborales).
- Solicitar la ayuda durante el mes del alta o variación de datos en Seguridad Social de la persona socia o trabajadora y los cinco meses naturales siguientes.
- La convocatoria tiene vigencia de un año desde el día siguiente a su publicación en el DOE.
Gastos subvencionables
- Incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores (cuantía por persona incorporada según colectivo: entre 9.000 € y 12.000 €).
- Gastos imputables en sociedades de nueva creación o en procesos de integración cooperativa (hasta 1.000 € adicionales).
Exclusiones
- Cooperativas de crédito.
- Cooperativas de seguros.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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