Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Andalucía

Impulsa y consolida tu trabajo autónomo en Andalucía

Para autónomos en Andalucía

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 891066

Título oficial: Resolución de 5 de marzo de 2026 de la D.G.T.A.E.S. por la que se convoca la concesión de subvenciones Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de trabajo autónomo:L4 -Promoción del Trabajo Autónomo

Este programa ofrece subvenciones para apoyar la creación de nuevas actividades autónomas, así como para consolidar y mejorar la competitividad de las ya existentes en Andalucía.

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Presupuesto

3.000.000 €

Plazo de solicitud

27 de 27 días

12/03/2026 — 08/04/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Andalucía

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Emprendimiento

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación parcial de los gastos de funcionamiento de asociaciones profesionales del trabajo autónomo y organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía que tengan entre sus fines el apoyo al trabajo autónomo (medida de impulso del asociacionismo, Línea 4).

Quién puede solicitarla

Asociaciones profesionales del trabajo autónomo inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026; gastos pagados antes del 1 de febrero de 2027.

Cómo se presenta

Exclusivamente de forma telemática, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.

Requisitos clave

  • Estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía (para asociaciones profesionales)
  • Tener entre sus fines reconocido el apoyo al trabajo autónomo (para organizaciones sindicales y empresariales)
  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 29.2 de la Orden de 2 de diciembre de 2016

Gastos subvencionables

  • Gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias efectivamente pagados antes del 1 de febrero de 2027

Documentación requerida

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Documentación adicional según los modelos normalizados disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios

Obligaciones posteriores

  • Las acciones subvencionadas deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Los gastos deben estar efectivamente pagados antes del 1 de febrero de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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