Subvención para nuevas empresas en Enguera — Enguera Avanza 2026
Autónomos y empresas constituidas entre oct. 2025 y sept. 2026 en Enguera
AYUNTAMIENTO DE ENGUERA · nº 916570
Título oficial: CONVOCATORIA AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA - ENGUERA AVANZA 2026
Subvenciones a fondo perdido del Ayuntamiento de Enguera para fomentar la actividad emprendedora entre empresas y autónomos de nueva constitución con actividad o domicilio fiscal en el municipio.
Presupuesto
12.000 €
Plazo de solicitud
17 de 96 díasQuedan 79 días
Abrió 11/07 · cierra 15/10/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Emprendimiento
Cuantía por beneficiario
Hasta 1.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Fomento de la actividad emprendedora mediante subvenciones directas a fondo perdido de 1.000 € por empresa de nueva constitución con local abierto al público o dirección fiscal en Enguera.
Quién puede solicitarla
Empresas (personas físicas o jurídicas) y autónomos constituidos entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026, con actividad en local abierto al público en Enguera o con dirección fiscal en Enguera (autónomos de servicios sin local), que permanezcan de alta al menos 12 meses y no hayan estado de alta entre enero y octubre de 2025.
Periodo de ejecución
Constitución entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026, con permanencia en alta mínima de 12 meses
Compatibilidad con otras ayudas
Incompatible con cualquier otra ayuda para el mismo hecho subvencionable, salvo con la bonificación de cuotas a la Seguridad Social. El importe total de ayudas no puede superar el gasto efectivamente justificado.
Requisitos clave
- Actividad en local abierto al público en Enguera o dirección fiscal en Enguera
- Constitución como empresa entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026
- Permanencia en alta un mínimo de 12 meses
- Alta en el RETA o régimen correspondiente
- Al corriente de obligaciones tributarias (estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social
- Sin deudas pendientes con el Ayuntamiento de Enguera y con todas las licencias municipales en regla
Documentación requerida
- Modelo 036 o 037 (declaración de alta en el censo de obligados tributarios)
- Certificaciones de estar al corriente con Hacienda estatal, autonómica y local
- Certificación de estar al corriente con la Seguridad Social
- Documentación acreditativa de licencias municipales
Exclusiones
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y unidades económicas sin personalidad jurídica
- Quienes hayan estado de alta entre enero de 2025 y octubre de 2025
- Quienes incurran en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Incompatible con cualquier otra ayuda para el mismo hecho subvencionable (salvo bonificación de cuotas a la Seguridad Social)
Obligaciones posteriores
- Mantener la empresa en alta y el local abierto al público un mínimo de 12 meses
- Comunicar la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad
- Conservar documentos justificativos al menos 3 años desde el cierre del Plan
- Dar publicidad del carácter público de la ayuda en página web y/o redes sociales
- Facilitar cuanta información requiera el Ayuntamiento en relación con la subvención
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 15/10/2026 — quedan 79 días para solicitarla.
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