Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para actividades culturales en San Sadurniño
Asociaciones y entidades sin fin de lucro con actividades culturales en San Sadurniño
AYUNTAMIENTO DE SAN SADURNIÑO · nº 926811
Título oficial: Acuerdo de 21 de julio de 2026 de la Junta de Gobierno Local por el que se convocan subvenciones a asociaciones y entidades que desenvuelvan acciones en el campo de la cultura 2026
Subvenciones del Ayuntamiento de San Sadurniño a asociaciones y entidades sin fin de lucro para financiar actividades culturales y gastos de mantenimiento, infraestructura y equipamiento cultural.
Presupuesto
12.000 €
Plazo de solicitud
28 de 28 días03/09/2026 — 01/10/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Coruña
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 4.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actividades culturales (Línea 1) y de gastos de mantenimiento, infraestructura y equipamiento cultural de locales (Línea 2) de asociaciones y entidades sin fin de lucro.
Quién puede solicitarla
Asociaciones y entidades sin fin de lucro válidamente constituidas, domiciliadas en San Sadurniño e inscritas en el Registro municipal de entidades; excepcionalmente, entidades no domiciliadas en el municipio para actividades de interés municipal; y agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin fin de lucro según el art. 8 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas para la misma finalidad de cualquier origen, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad. La subvención podrá revisarse si se conocen financiaciones complementarias.
Requisitos clave
- Estar válidamente constituida sin fin de lucro
- Tener domicilio social en el Ayuntamiento de San Sadurniño (con carácter general)
- Estar inscrita en el Registro municipal de entidades
- Realizar actividades de interés municipal
- Estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
- No tener subvenciones municipales pendientes de justificación
Gastos subvencionables
- Gastos de personal para dirección, coordinación y monitorizado de actividades
- Materiales fungibles necesarios para las actividades (máx. 25 % del presupuesto total admitido)
- Gastos de manutención y alojamiento en intercambios de grupos folclóricos o artísticos
- Alquiler de elementos para las actividades (palcos, carpas, tarimas, amplificación, iluminación, etc.)
- Contratación de artistas, publicidad, seguros, transporte de viajes culturales y protección de datos
- Gastos corrientes y de mantenimiento o mejora del local cultural (energía, limpieza, agua, reformas, equipación, etc.)
Exclusiones
- Entidades con convenio económico vigente con el Ayuntamiento
- Actividades que no cumplan los requisitos de las bases
- Viajes de ocio sin carácter cultural y gastos de mantenimiento no vinculados a local
- Actividades de carácter confesional
- Fiestas
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención concedida ante el Ayuntamiento
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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