Subvenciones para acciones sectoriales de seguridad y salud en el trabajo
Organizaciones empresariales, sindicales y sus fundaciones, ámbito estatal
FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. · nº 927024
Título oficial: Convocatoria para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito sectorial contempladas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 para el ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales
Subvenciones para realizar acciones sectoriales de información, formación, asistencia técnica y promoción de la normativa de prevención de riesgos laborales, alineadas con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
Presupuesto
19.907.448 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días02/09/2026 — 01/10/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar acciones sectoriales de información, asistencia técnica, formación y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, especialmente en pequeñas empresas, con alcance territorial supraautonómico.
Quién puede solicitarla
Organizaciones empresariales y sindicales más representativas y representativas en su ámbito sectorial, con fines de representación o defensa en materia de PRL, sus fundaciones y otras entidades constituidas por ellas, así como agrupaciones sin personalidad jurídica formadas por dichas organizaciones.
Periodo de ejecución
Desde el 1 de marzo de 2027 hasta el 31 de agosto de 2028
Plazo de solicitud
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Cómo se presenta
Electrónico, mediante la aplicación Gestor de Acciones 4.0, disponible en https://www.feprl.es
Forma de pago
Pago previa justificación de la actividad. Se pueden solicitar hasta dos anticipos: un primer anticipo de hasta el 50 % del importe concedido y un segundo de hasta el 30 % adicional, acreditado el inicio de la actividad.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 50%
Requisitos clave
- Tener entre sus fines la representación, promoción y defensa de intereses en materia de PRL
- Cumplir los requisitos del artículo 6 de la Orden TES/237/2026, de 10 de marzo
- Las acciones deben desarrollarse en un ámbito territorial supraautonómico como mínimo
- Las acciones deben orientarse a al menos uno de los objetivos estratégicos de la Estrategia Española de SST 2023-2027
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica deben estar constituidas por organizaciones sindicales o empresariales previstas
Gastos subvencionables
- Acciones de información
- Acciones de asistencia técnica
- Acciones de formación
- Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales
Documentación requerida
- Solicitud presentada mediante la aplicación Gestor de Acciones 4.0 (vía electrónica)
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del artículo 6 de la Orden TES/237/2026
- Informe de auditor de cuentas cuando la acción concedida supere los 100.000 €
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización de la actividad mediante cuenta justificativa o acreditación por módulos
- Presentar informe de auditor de cuentas si la acción supera los 100.000 €
- Constituir garantía (aval o seguro) si se solicita anticipo superior al 50 % y el beneficiario ha sido objeto de resolución de reintegro total firme en los dos años anteriores
- Las garantías deben extenderse hasta al menos un año desde la presentación de la justificación
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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