Fondos bibliográficos para centros de lectura en municipios pequeños
Municipios de la Comunidad de Madrid con menos de 3.000 habitantes
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 886347
Título oficial: AYUDAS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS 2026. LÍNEA C
Subvenciones para la dotación de fondos bibliográficos en centros de lectura de municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 3.000 habitantes (línea C), convocatoria 2026.
Presupuesto
60.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días25/02/2026 — 16/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Dotación de fondos bibliográficos para centros de lectura de municipios con población inferior a 3.000 habitantes (línea C), convocatoria 2026.
Quién puede solicitarla
Municipios de la Comunidad de Madrid con centros bibliotecarios o de lectura de titularidad municipal y población inferior a 3.000 habitantes, que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Periodo de ejecución
Hasta el 30 de septiembre de 2026 (plazo de justificación).
Plazo de solicitud
Catorce días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).
Forma de pago
Pago posterior a la justificación de la ayuda.
Requisitos clave
- Ser municipio de la Comunidad de Madrid
- Contar con centros bibliotecarios o de lectura de titularidad municipal
- Tener una población inferior a 3.000 habitantes
- Cumplir los requisitos indicados en la convocatoria
Gastos subvencionables
- Dotación de fondos bibliográficos para centros de lectura municipales
Documentación requerida
- Solicitud en el modelo oficial obligatorio 'Solicitud de subvención para la dotación de fondos bibliográficos de los Centros bibliotecarios municipales'
- Documentación exigida conforme al dispongo cuarto de la Orden de la convocatoria
Obligaciones posteriores
- Presentar la documentación justificativa de la subvención antes del 30 de septiembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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