Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Fondos bibliográficos para centros de lectura en municipios pequeños

Municipios de la Comunidad de Madrid con menos de 3.000 habitantes

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 886347

Título oficial: AYUDAS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS 2026. LÍNEA C

Subvenciones para la dotación de fondos bibliográficos en centros de lectura de municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 3.000 habitantes (línea C), convocatoria 2026.

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Presupuesto

60.000 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

25/02/2026 — 16/03/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Dotación de fondos bibliográficos para centros de lectura de municipios con población inferior a 3.000 habitantes (línea C), convocatoria 2026.

Quién puede solicitarla

Municipios de la Comunidad de Madrid con centros bibliotecarios o de lectura de titularidad municipal y población inferior a 3.000 habitantes, que cumplan los requisitos de la convocatoria.

Periodo de ejecución

Hasta el 30 de septiembre de 2026 (plazo de justificación).

Plazo de solicitud

Catorce días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid).

Forma de pago

Pago posterior a la justificación de la ayuda.

Requisitos clave

  • Ser municipio de la Comunidad de Madrid
  • Contar con centros bibliotecarios o de lectura de titularidad municipal
  • Tener una población inferior a 3.000 habitantes
  • Cumplir los requisitos indicados en la convocatoria

Gastos subvencionables

  • Dotación de fondos bibliográficos para centros de lectura municipales

Documentación requerida

  • Solicitud en el modelo oficial obligatorio 'Solicitud de subvención para la dotación de fondos bibliográficos de los Centros bibliotecarios municipales'
  • Documentación exigida conforme al dispongo cuarto de la Orden de la convocatoria

Obligaciones posteriores

  • Presentar la documentación justificativa de la subvención antes del 30 de septiembre de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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