Subvenciones al fomento de actividades musicales en la Comunitat Valenciana 2026
Personas y entidades vinculadas a la música en la Comunitat Valenciana
INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC) · nº 894524
Título oficial: RESOLUCIÓN del director general del Institut Valencià de Cultura por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de actividades musicales para 2026.
El Institut Valencià de Cultura convoca subvenciones para el fomento de actividades musicales en la Comunitat Valenciana en 2026, con ocho modalidades que abarcan desde festivales y programación en salas hasta producción discográfica y composición de obras.
Presupuesto
60.000 €
Plazo de solicitud
24 de 24 días27/03/2026 — 20/04/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Fomento de actividades musicales en la Comunitat Valenciana mediante ocho modalidades: festivales, ciclos y eventos conmemorativos; programación en salas de exhibición; cursos de perfeccionamiento, concursos, jornadas y congresos; giras fuera de la Comunitat Valenciana; producción de espectáculos de música en vivo; ayudas bienales a estructuras administrativas; composición de obras de nueva creación vinculadas a su estreno; y producción discográfica.
Quién puede solicitarla
Personas y entidades que cumplan los requisitos generales establecidos en las bases reguladoras (Resolución de 26 de mayo de 2025, DOGV 10118).
Periodo de ejecución
Las actuaciones deben justificarse antes del 30 de noviembre de 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV.
Cómo se presenta
Vía telemática a través de la sede electrónica del IVC: https://sede.ivc.gva.es/
Forma de pago
Pago previa justificación ante el IVC no más tarde del 30 de noviembre de 2026.
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos generales de la base reguladora tercera de la Resolución de 26 de mayo de 2025 (DOGV 10118, de 29.05.2025).
- Presentar solicitud en modelo normalizado dentro del plazo establecido.
- Presentar la solicitud por vía telemática a través de la sede electrónica del IVC.
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado dirigida al IVC.
- Documentos justificativos suscritos por la persona beneficiaria o su representante legal.
Obligaciones posteriores
- Justificar la ayuda ante el IVC no más tarde del 30 de noviembre de 2026 por vía telemática.
- La falta de justificación en plazo determinará la revocación de la subvención concedida.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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