Solicitable Abierta Local · Zaragoza

Subvenciones para crear empresa o empleo en Caspe

Personas físicas o jurídicas que inicien nueva actividad o abran centro de trabajo en Caspe

AYUNTAMIENTO DE CASPE · nº 932949

Título oficial: BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRESAS Y EMPRENDEDORES - 2026

Subvenciones municipales en Caspe para financiar gastos de inversión y puesta en marcha de nuevas actividades (Línea 1) y para fomentar la contratación de trabajadores vinculados a esa nueva actividad (Línea 2).

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Presupuesto

35.000 €

Plazo de solicitud

18 de 18 días

Último día para solicitarla

Abrió 09/10 · cierra 27/10/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Zaragoza

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Empleo y conciliación, Emprendimiento

Detalle de la convocatoria

Objeto

Dos líneas: Línea 1, gastos de inversión y puesta en marcha de nueva actividad; Línea 2, contratación de trabajadores vinculados a la nueva actividad o nuevo centro de trabajo en Caspe.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas que inicien una nueva actividad empresarial entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con centro de trabajo en el municipio de Caspe.

Periodo de ejecución

Actividades iniciadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026

Plazo de solicitud

20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza

Cómo se presenta

Registro General de las Oficinas del Ayuntamiento de Caspe

Requisitos clave

  • Alta en RETA o régimen por cuenta propia correspondiente (personas físicas)
  • Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT
  • Solicitud de licencia de apertura o declaración responsable ante el Ayuntamiento de Caspe
  • Inversión mínima subvencionable de 3.000 € (IVA excluido) para acceder a la Línea 1
  • Centro de trabajo domiciliado y ubicado en el municipio de Caspe
  • No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones

Gastos subvencionables

  • Gastos de inversión y puesta en marcha de la nueva actividad (Línea 1)
  • Costes de contratación de trabajadores por cuenta ajena vinculados a la nueva actividad o nuevo centro de trabajo (Línea 2)

Documentación requerida

  • Acreditación del alta en RETA o régimen equivalente
  • Informe de vida laboral
  • Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (AEAT)
  • Licencia de apertura o declaración responsable/comunicación previa ante el Ayuntamiento de Caspe
  • Alta del trabajador en la Seguridad Social (para Línea 2)

Exclusiones

  • Meras transformaciones jurídicas de empresas preexistentes sin creación efectiva de nueva actividad o empleo
  • Personas o entidades con reintegros por incumplimiento en anteriores convocatorias municipales
  • Personas jurídicas cuyos socios hayan ejercido la misma actividad en Caspe en los dos años anteriores al inicio de la actividad subvencionada

Obligaciones posteriores

  • Mantener la actividad empresarial durante al menos seis meses
  • Comunicar por escrito la baja anticipada en los dos meses posteriores a producirse
  • Justificar el mantenimiento de la actividad mediante certificado de la Agencia Tributaria ante el Registro del Ayuntamiento
  • Someterse a las actuaciones de comprobación de los Servicios Técnicos Municipales
  • Justificación de las ayudas concedidas antes del 15 de abril de 2027

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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