Fomenta el comercio rural mínimo en pequeños municipios de Valladolid
Para ayuntamientos de menos de 400 habitantes y entidades locales menores de Valladolid.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID · nº 888763
Título oficial: Acuerdo del Pleno nº 12/26 de 30 de enero de 2026, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos de menos de 400 habitantes y Entidades Locales Menores para Comercio Rural Mínimo, año 2026.
Esta convocatoria de la Diputación Provincial de Valladolid ofrece subvenciones a ayuntamientos de menos de 400 habitantes y entidades locales menores. El objetivo es apoyar el comercio rural mínimo en estas localidades.
Presupuesto
50.000 €
Plazo de solicitud
68 de 68 días26/02/2026 — 05/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Valladolid
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Economía rural y medioambiente, Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
Hasta 10.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Fomentar la creación de tiendas en municipios de menos de 400 habitantes y entidades locales menores, financiando obras de construcción, reforma y/o ampliación de locales comerciales.
Quién puede solicitarla
Ayuntamientos con menos de 400 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid
Periodo de ejecución
Gastos de inversión realizados entre el 31 de mayo de 2025 y el 30 de mayo de 2027
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Valladolid hasta las 14:00 horas del 5 de mayo de 2026
Cómo se presenta
Vía telemática
Forma de pago
Pago anticipado a justificar, sin garantía
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas
Requisitos clave
- El local debe ser propiedad del Ayuntamiento o Entidad Local Menor
- Solicitud de integración en el programa Comercio Rural Mínimo
- Gastos de inversión realizados entre el 31 de mayo de 2025 y el 30 de mayo de 2027
- Se da preferencia a los municipios de menor población hasta agotar fondos
Gastos subvencionables
- Gastos de inversión para obras de construcción de locales
- Gastos de inversión para obras de reforma de locales
- Gastos de inversión para obras de ampliación de locales
Documentación requerida
- Memoria valorada o proyecto técnico
- Certificado del Secretario acreditando que el local es propiedad del Ayuntamiento o Entidad Local Menor
- Solicitud de integración en el programa Comercio Rural Mínimo
Exclusiones
- Gastos de redacción de proyecto técnico o memoria valorada
- Gastos derivados de la dirección facultativa de las obras
Obligaciones posteriores
- Justificación mediante la documentación prevista en la base vigésima de la convocatoria
- Plazo máximo de justificación: 3 meses desde el límite de ejecución establecido en la base quinta
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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