Subvenciones para organizar verbenas populares en Córdoba 2026
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de C...
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA · nº 916937
Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA VERBENAS POPULARES DEL AÑO 2026 DE LA DELEGACIÓN DE FIESTAS Y TRADICIONES.
El Ayuntamiento de Córdoba subvenciona la organización de verbenas populares dentro del Programa Municipal de Verbenas Populares 2026, con un máximo de 3.000 € por entidad beneficiaria.
Presupuesto
40.000 €
Plazo de solicitud
19 de 27 díasQuedan 8 días
Abrió 09/07 · cierra 05/08/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Córdoba
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 3.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvencionar la organización de verbenas populares en el marco del Programa Municipal de Verbenas Populares 2026, en el periodo del 1 de junio al 12 de octubre de 2026.
Quién puede solicitarla
Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas (o en proceso de inscripción) en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Córdoba.
Periodo de ejecución
Del 1 de junio al 12 de octubre de 2026 (ambos inclusive). Se admiten verbenas ya realizadas.
Plazo de solicitud
20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cómo se presenta
Tablón Electrónico de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios) y Web de Ferias y Festejos (https://feriasyfiestas.cordoba.es/)
Requisitos clave
- Estar legalmente constituida y sin ánimo de lucro
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas a fecha de fin del plazo de solicitud (o haberlo solicitado durante la tramitación)
- Estar al corriente de obligaciones tributarias municipales, estatales y con la Seguridad Social
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Tener justificadas las subvenciones anteriores cuyo plazo de justificación haya vencido
- Una misma asociación no puede recibir más de una subvención al año en esta convocatoria
Exclusiones
- Entidades incursas en los supuestos del art. 13 apartados a), b), c), d), f) y h) de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- Entidades no al corriente de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
- Entidades con obligaciones de reintegro de subvenciones pendientes
- Entidades con subvenciones anteriores sin justificar cuyo plazo ya venció
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 05/08/2026 — quedan 8 días para solicitarla.
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