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Solicitable Abierta Local · Córdoba

Subvenciones para organizar verbenas populares en Córdoba 2026

Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de C...

AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA · nº 916937

Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA VERBENAS POPULARES DEL AÑO 2026 DE LA DELEGACIÓN DE FIESTAS Y TRADICIONES.

El Ayuntamiento de Córdoba subvenciona la organización de verbenas populares dentro del Programa Municipal de Verbenas Populares 2026, con un máximo de 3.000 € por entidad beneficiaria.

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Presupuesto

40.000 €

Plazo de solicitud

19 de 27 días

Quedan 8 días

Abrió 09/07 · cierra 05/08/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Córdoba

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 3.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvencionar la organización de verbenas populares en el marco del Programa Municipal de Verbenas Populares 2026, en el periodo del 1 de junio al 12 de octubre de 2026.

Quién puede solicitarla

Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas (o en proceso de inscripción) en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Córdoba.

Periodo de ejecución

Del 1 de junio al 12 de octubre de 2026 (ambos inclusive). Se admiten verbenas ya realizadas.

Plazo de solicitud

20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cómo se presenta

Tablón Electrónico de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios) y Web de Ferias y Festejos (https://feriasyfiestas.cordoba.es/)

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida y sin ánimo de lucro
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas a fecha de fin del plazo de solicitud (o haberlo solicitado durante la tramitación)
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias municipales, estatales y con la Seguridad Social
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Tener justificadas las subvenciones anteriores cuyo plazo de justificación haya vencido
  • Una misma asociación no puede recibir más de una subvención al año en esta convocatoria

Exclusiones

  • Entidades incursas en los supuestos del art. 13 apartados a), b), c), d), f) y h) de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • Entidades no al corriente de obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Entidades con obligaciones de reintegro de subvenciones pendientes
  • Entidades con subvenciones anteriores sin justificar cuyo plazo ya venció

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 05/08/2026 — quedan 8 días para solicitarla.

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