No solicitable Cerrada Autonómica · Cantabria

Subvenciones a líneas de transporte nocturno estival en Cantabria

Operadores de transporte regular de uso general de titularidad autonómica en Cantabria

CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE · nº 925057

Título oficial: Resolución del Consejero de Fomento, Vivienda,Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,de 14 de agosto de 2026,por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros

Subvenciones en concurrencia competitiva para las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros de carácter estacional (15 de junio al 15 de septiembre de 2026) de competencia autonómica en Cantabria.

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Presupuesto

30.000 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

21/08/2026 — 09/09/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME, Gran empresa

Ámbito

Autonómica · Cantabria

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Subvenciones al transporte

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de líneas de transporte público regular nocturno de viajeros (entre las 22:00 y las 6:30 h), de carácter estacional, autorizadas en el marco de un servicio público de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante el período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2026.

Quién puede solicitarla

Operadores de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica que realicen servicios nocturnos restringidos al período estival (15 de junio al 15 de septiembre).

Periodo de ejecución

Período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2026.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Cómo se presenta

Sede electrónica del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es/) o cualquier registro electrónico previsto en el art. 134.8.b) de la Ley 5/2018 de Cantabria.

Requisitos clave

  • Ser operador de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica.
  • Realizar servicios nocturnos (entre las 22:00 y las 6:30 h) restringidos al período estival (15 jun – 15 sep).
  • Servicios autorizados en el marco de un servicio público de transporte de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • No estar incurso en las prohibiciones del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria ni del art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Documentación requerida

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I de la Orden FOM/9/2026).
  • Documentación indicada en el apartado 6.3 de la resolución de convocatoria.

Exclusiones

  • Quienes se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el art. 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones.
  • Quienes se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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