Subvenciones a líneas de transporte nocturno estival en Cantabria
Operadores de transporte regular de uso general de titularidad autonómica en Cantabria
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE · nº 925057
Título oficial: Resolución del Consejero de Fomento, Vivienda,Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,de 14 de agosto de 2026,por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros
Subvenciones en concurrencia competitiva para las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros de carácter estacional (15 de junio al 15 de septiembre de 2026) de competencia autonómica en Cantabria.
Presupuesto
30.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días21/08/2026 — 09/09/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME, Gran empresa
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Subvenciones al transporte
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de líneas de transporte público regular nocturno de viajeros (entre las 22:00 y las 6:30 h), de carácter estacional, autorizadas en el marco de un servicio público de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante el período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2026.
Quién puede solicitarla
Operadores de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica que realicen servicios nocturnos restringidos al período estival (15 de junio al 15 de septiembre).
Periodo de ejecución
Período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es/) o cualquier registro electrónico previsto en el art. 134.8.b) de la Ley 5/2018 de Cantabria.
Requisitos clave
- Ser operador de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica.
- Realizar servicios nocturnos (entre las 22:00 y las 6:30 h) restringidos al período estival (15 jun – 15 sep).
- Servicios autorizados en el marco de un servicio público de transporte de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- No estar incurso en las prohibiciones del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria ni del art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I de la Orden FOM/9/2026).
- Documentación indicada en el apartado 6.3 de la resolución de convocatoria.
Exclusiones
- Quienes se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el art. 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones.
- Quienes se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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