Avido
No solicitable Cerrada Estatal

Financia tu proyecto de innovación en industrias culturales y creativas

Para autónomos, microempresas y pequeñas empresas con ánimo de lucro

SUBSECRETARÍA DE CULTURA · nº 896958

Título oficial: Ayudas a proyectos profesionales y empresariales para la innovación en las industrias culturales y creativas 2026

El Ministerio de Cultura financia proyectos privados que contribuyan a modernizar y renovar las industrias culturales y creativas en sectores como arquitectura, audiovisual, escénicas, diseño, moda, música, cine, libros y otros.

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Presupuesto

2.940.000 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

08/04/2026 — 27/04/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Estatal

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes, I+D e innovación tecnológica

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar proyectos privados con ánimo de lucro que contribuyan a modernizar y renovar las industrias culturales y creativas en los sectores de arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, medios de comunicación, patrimonio cultural y turismo cultural.

Quién puede solicitarla

Personas jurídicas con ánimo de lucro (españolas, de la UE o del EEE) con residencia fiscal en España, y personas físicas autónomas inscritas en el RETA, siempre que tengan la condición de microempresa o pequeña empresa según el Reglamento (UE) nº 651/2014.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.

Cómo se presenta

Sede Electrónica del Ministerio de Cultura (disponible a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE).

Requisitos clave

  • Tener la condición de microempresa o pequeña empresa según el Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • Las personas jurídicas deben estar legalmente constituidas antes de que finalice el plazo de solicitud.
  • Las personas físicas deben estar inscritas en el RETA a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Residencia fiscal en España.
  • No haber sido beneficiario en las tres últimas convocatorias consecutivas.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Exclusiones

  • Administraciones Públicas, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos.
  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Agrupaciones de interés económico (A.I.E.), comunidades de bienes (C.B.) y uniones temporales de empresas (U.T.E.).
  • Entidades que hayan sido beneficiarias en las tres últimas convocatorias consecutivas.
  • Personas o entidades que cometan, inciten o promocionen actos discriminatorios o de violencia contra personas LGTBI.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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