Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Financia tu producción artística escénica en La Rioja

Profesionales y empresas riojanas del teatro, danza, cine y música

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD · nº 891714

Título oficial: AYUDAS A LA PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DE INDUSTRIAS ESCÉNICAS

Subvenciones para financiar gastos corrientes y de capital de producciones artísticas de la industria escénica en La Rioja, en régimen de concurrencia competitiva.

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Presupuesto

255.000 €

Plazo de solicitud

23 de 23 días

31/03/2026 — 23/04/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 18.000 € (hasta 80% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de gastos corrientes y de capital propios de producciones artísticas de la industria escénica (teatro, danza, cine y música).

Quién puede solicitarla

Profesionales riojanos y empresas riojanas dedicados a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas en los ámbitos del teatro, danza, cine y música.

Periodo de ejecución

Del 14 de noviembre de 2025 al 25 de octubre de 2026 (producciones estrenadas en ese período).

Plazo de solicitud

15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cómo se presenta

Exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349).

Requisitos clave

  • Ser profesional o empresa radicada en La Rioja
  • Dedicarse a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas
  • Presentar una única solicitud por solicitante
  • La producción debe ser estrenada entre el 14 de noviembre de 2025 y el 25 de octubre de 2026
  • Cumplir las obligaciones del artículo 6 de la Orden 5/2017, de 9 de octubre

Gastos subvencionables

  • Gastos de naturaleza corriente propios de la producción artística escénica
  • Gastos de capital propios de la producción artística escénica

Documentación requerida

  • Documentación prevista en el apartado quinto de la Resolución 512/2026, de 22 de marzo
  • Documento acreditativo de la ejecución y estreno de la producción artística (para justificación)

Obligaciones posteriores

  • Justificar el gasto exclusivamente de forma electrónica antes del 30 de octubre de 2026
  • Hacer constar en toda información, publicidad y publicación que la producción está subvencionada por el Gobierno de La Rioja

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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