Financia tu plan de internacionalización en la Región de Murcia
Pymes, autónomos, comunidades de bienes y personas jurídicas de la Región de Murcia
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA (INFO) · nº 902034
Título oficial: Resolución de 24 de abril de 2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por delegación, de convocatoria de ayudas dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia.
El Instituto de Fomento de la Región de Murcia convoca ayudas para financiar proyectos de internacionalización de empresas murcianas, cofinanciadas con fondos FEDER.
Presupuesto
2.000.000 €
Plazo de solicitud
86 de 242 díasQuedan 156 días
Abrió 03/05 · cierra 31/12/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Murcia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo
Cuantía por beneficiario
Hasta 30.000 € (hasta 60% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar planes de internacionalización de empresas de la Región de Murcia, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Quién puede solicitarla
Pymes, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas con actividad en la Región de Murcia, de cualquier sector, cuyo volumen de exportación extracomunitaria no supere el 50% de su facturación total en el año anterior a la convocatoria.
Periodo de ejecución
Entre el 1 de enero de 2026 y hasta 12 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda.
Plazo de solicitud
Desde las 9 horas del día siguiente a la publicación del extracto en el BORM hasta el 31 de diciembre de 2026 o agotamiento del presupuesto.
Cómo se presenta
Presentación electrónica obligatoria a través de www.institutofomentomurcia.es/infodirecto
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 40%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Actividad objeto del proyecto localizada en la Región de Murcia
- Volumen de exportación extracomunitaria no superior al 50% de la facturación total del año anterior
- El total de gastos elegibles del plan de internacionalización debe ser de al menos 10.000 € y no superar 50.000 €
- El plan debe contemplar actuaciones de un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables
- El proyecto no puede estar ejecutado y pagado en más de un 40% antes de la presentación de la solicitud
- Disponer de certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica
Gastos subvencionables
- Costes comprendidos en las categorías a), b), c), f) y g) del artículo 7.2 de la Orden de 22 de diciembre de 2023, que resulten necesarios y estén debidamente justificados en el plan de internacionalización aprobado
Documentación requerida
- Solicitud según modelo disponible en www.institutofomentomurcia.es/infodirecto
- Documentación complementaria presentada por medios electrónicos
Exclusiones
- Empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura
- Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas del Anexo I del TFUE
- Proyectos referidos a un país que haya sido objeto de ayuda en más de dos ocasiones en convocatorias precedentes del programa
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 31/12/2026 — quedan 156 días para solicitarla.
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