Financia tu participación en la Semana de la Moda de Madrid 2026
Diseñadores de moda (personas físicas o jurídicas) que hayan participado en los eventos oficiales
ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y HACIENDA · nº 899896
Título oficial: Decreto de 15 de abril de 2026 de la Delegada del Área de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para apoyar la participación de los diseñadores en la Semana de la Moda de Madrid 2026
Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para cubrir gastos derivados de la participación de diseñadores de moda en los eventos del calendario oficial de la Semana de la Moda de Madrid.
Presupuesto
650.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días30/04/2026 — 19/05/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Madrid
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo
Cuantía por beneficiario
Hasta 20.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de gastos de participación de diseñadores de moda en eventos del calendario oficial de la Semana de la Moda de Madrid (Mercedes Benz Fashion Week Madrid, Madrid es Moda, Atelier Couture y Bridal House Madrid) celebrados entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026.
Quién puede solicitarla
Diseñadores de moda, personas físicas o jurídicas, que hayan realizado presentaciones de sus creaciones o colecciones (presencial o digital) en el calendario oficial de alguno de los eventos subvencionables dentro del periodo establecido.
Periodo de ejecución
Presentaciones realizadas entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026 en los eventos oficiales
Requisitos clave
- Haber presentado creaciones o colecciones en alguno de los eventos oficiales del periodo subvencionable (1 sep 2025 – 31 mar 2026)
- Las personas jurídicas deben estar formal y legalmente constituidas
- Estar al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución
- No estar incurso en las causas de prohibición del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003
Gastos subvencionables
- Cuota de participación en los eventos oficiales
- Alquiler del espacio destinado a la presentación durante los días de desarrollo
- Personal contratado para el modelaje en la presentación
- Gastos de confección de la colección (materiales y mano de obra)
- Gastos de producción técnica para el montaje del desfile o presentación
- Gastos de comunicación: fotografía, vídeo, gestión de redes sociales y medios de comunicación
Exclusiones
- Personas o entidades incursas en las causas de prohibición del art. 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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