Avido
Solicitable Abierta Autonómica · Murcia

Financia tu actividad cultural en zonas rurales de Murcia

Para autónomos y pymes de la Región de Murcia

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA ) · nº 918761

Título oficial: RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS AL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL EN ÁREAS RURALE

Estas ayudas económicas están destinadas a fomentar la actividad cultural en las áreas rurales de la Región de Murcia. Buscan apoyar a autónomos y pymes del sector.

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Presupuesto

64.841 €

Plazo de solicitud

11 de 59 días

Quedan 48 días

Abrió 17/07 · cierra 14/09/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Murcia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente, Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de proyectos y actividades culturales que se desarrollen en el medio rural de la Región de Murcia (municipios con menos de 30.000 habitantes y densidad inferior a 100 hab/km², o menos de 10.000 habitantes).

Quién puede solicitarla

Entidades privadas con y sin ánimo de lucro (incluidas las dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales), profesionales autónomos (RETA), entidades públicas, agrupaciones de entidades locales y agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica.

Requisitos clave

  • El proyecto o actividad debe celebrarse o desarrollarse en municipios rurales (menos de 30.000 hab. y densidad inferior a 100 hab/km², o menos de 10.000 hab.)
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo ante la CARM
  • Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE y tener objeto social acorde con la actividad subvencionable
  • No incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 ni del art. 71 de la Ley 9/2017
  • Cumplir los requisitos desde la presentación de la solicitud y durante todas las fases del proyecto

Exclusiones

  • Entidades beneficiarias de subvenciones nominativas en los Presupuestos de la CARM 2026 cuya concesión corresponda al ICA
  • Entidades cuyo proyecto haya resultado beneficiario de cualquier convocatoria del ICA para 2026
  • Entidades que hayan recibido patrocinio del ICA en 2026 para actividades encuadradas en el objeto de esta convocatoria

Obligaciones posteriores

  • Mantener los requisitos de beneficiario durante todas las fases del proyecto y su justificación
  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica no pueden disolverse hasta que transcurran los plazos de prescripción para el reintegro e infracciones previstos en los arts. 39 y 65 de la Ley 38/2003

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 14/09/2026 — quedan 48 días para solicitarla.

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