Avido
No solicitable Pendiente Autonómica · Castilla y León

Financia proyectos innovadores de educación ambiental

Para iniciativas en Castilla y León

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO · nº 902152

Título oficial: Orden de 28 de abril de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones innovadoras de educación ambiental en Castilla y León

Esta convocatoria ofrece subvenciones para apoyar el desarrollo de proyectos innovadores en el campo de la educación ambiental. El objetivo es impulsar nuevas iniciativas en Castilla y León.

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Presupuesto

328.000 €

Plazo de solicitud

Quedan 59 días

Abrió 25/09 · cierra 25/09/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Castilla y León

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de actuaciones innovadoras en materia de educación ambiental en Castilla y León.

Quién puede solicitarla

Ayuntamientos y mancomunidades de menos de 20.000 habitantes de Castilla y León; entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de ámbito privado con domicilio social o centro de trabajo en Castilla y León desde el que desarrollen programas o actividades de educación ambiental dirigidas a la población de la Comunidad Autónoma.

Plazo de solicitud

Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)

Requisitos clave

  • Ayuntamientos y mancomunidades con población inferior a 20.000 habitantes (según Padrón Municipal a 1 de enero de 2025 del INE)
  • Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro válidamente constituidas con domicilio social en Castilla y León
  • Alternativamente, entidades con centro de trabajo en Castilla y León desde el que desarrollen programas o actividades de educación ambiental dirigidas a la población de la Comunidad Autónoma
  • Cumplimiento de las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones

Obligaciones posteriores

  • Cumplir las obligaciones generales establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Aún no se puede solicitar

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