Financia proyectos educativos específicos en centros públicos de Barberà del Vallès
Centros de educación infantil, primaria, secundaria y de adultos sufragados con fondos públicos de Barberà ...
AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS · nº 907998
Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE PROYECTOS EDUCATIVOS ESPECÍFICOS DESARROLLADOS POR LOS CENTROS EDUCATIVOS. CURSO 2025-2026
El Ayuntamiento de Barberà del Vallès subvenciona proyectos educativos específicos —de innovación pedagógica y de diadas o jornadas educativas— desarrollados por centros educativos públicos del municipio durante el curso 2025-2026.
Presupuesto
22.500 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días29/05/2026 — 17/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Barcelona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos educativos específicos desarrollados por centros educativos sufragados con fondos públicos de Barberà del Vallès durante el curso 2025-2026, en dos categorías: proyectos de innovación pedagógica (categoría A) y proyectos de diadas, jornadas y semanas educativas puntuales (categoría B).
Quién puede solicitarla
Centros de educación infantil y primaria, de educación secundaria obligatoria y de formación de personas adultas sufragados con fondos públicos de Barberà del Vallès.
Periodo de ejecución
Curso escolar 2025-2026
Plazo de solicitud
20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial correspondiente.
Cómo se presenta
Tablón de anuncios y página web municipal (www.bdv.cat); Base Nacional de Datos de Subvenciones.
Requisitos clave
- Promover proyectos en las categorías A o B descritas en la convocatoria.
- El proyecto debe estar previamente previsto en el Programa Anual de Centro y aprobado por el Consell Escola.
- Estar al corriente del pago de obligaciones de reintegro y justificación de subvenciones anteriores del Ayuntamiento.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y el Ayuntamiento, y de obligaciones ante la Hacienda pública y la Seguridad Social.
- No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias contra la Ley 17/2015 de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Cada centro puede presentar un máximo de un proyecto por categoría (dos por categoría en el caso de institutos escuela).
Documentación requerida
- Documentación e información establecida en las bases de la convocatoria (consultar en www.bdv.cat).
Exclusiones
- Centros educativos no sufragados con fondos públicos.
- Centros afectados por las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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