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No solicitable Cerrada Local · Barcelona

Financia proyectos educativos específicos en centros públicos de Barberà del Vallès

Centros de educación infantil, primaria, secundaria y de adultos sufragados con fondos públicos de Barberà ...

AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS · nº 907998

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE PROYECTOS EDUCATIVOS ESPECÍFICOS DESARROLLADOS POR LOS CENTROS EDUCATIVOS. CURSO 2025-2026

El Ayuntamiento de Barberà del Vallès subvenciona proyectos educativos específicos —de innovación pedagógica y de diadas o jornadas educativas— desarrollados por centros educativos públicos del municipio durante el curso 2025-2026.

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Presupuesto

22.500 €

Plazo de solicitud

19 de 19 días

29/05/2026 — 17/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Barcelona

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar proyectos educativos específicos desarrollados por centros educativos sufragados con fondos públicos de Barberà del Vallès durante el curso 2025-2026, en dos categorías: proyectos de innovación pedagógica (categoría A) y proyectos de diadas, jornadas y semanas educativas puntuales (categoría B).

Quién puede solicitarla

Centros de educación infantil y primaria, de educación secundaria obligatoria y de formación de personas adultas sufragados con fondos públicos de Barberà del Vallès.

Periodo de ejecución

Curso escolar 2025-2026

Plazo de solicitud

20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial correspondiente.

Cómo se presenta

Tablón de anuncios y página web municipal (www.bdv.cat); Base Nacional de Datos de Subvenciones.

Requisitos clave

  • Promover proyectos en las categorías A o B descritas en la convocatoria.
  • El proyecto debe estar previamente previsto en el Programa Anual de Centro y aprobado por el Consell Escola.
  • Estar al corriente del pago de obligaciones de reintegro y justificación de subvenciones anteriores del Ayuntamiento.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y el Ayuntamiento, y de obligaciones ante la Hacienda pública y la Seguridad Social.
  • No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias contra la Ley 17/2015 de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Cada centro puede presentar un máximo de un proyecto por categoría (dos por categoría en el caso de institutos escuela).

Documentación requerida

  • Documentación e información establecida en las bases de la convocatoria (consultar en www.bdv.cat).

Exclusiones

  • Centros educativos no sufragados con fondos públicos.
  • Centros afectados por las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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