Financia proyectos e infraestructuras para teatro y circo
Para profesionales y entidades del sector teatral y circense en España.
DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA · nº 894859
Título oficial: Resolución de la Secretaría de estado de cultura, por la que se convocan ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, correspondientes al año 2026
Estas ayudas estatales están destinadas a financiar actividades de exhibición, investigación y formación en el ámbito de las artes escénicas, así como a mejorar las infraestructuras teatrales y circenses.
Presupuesto
5.096.138 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días26/03/2026 — 16/04/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Otro, Autónomo, PYME
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes, I+D e innovación tecnológica, Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
Hasta 210.000 € (hasta 65% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de actividades de exhibición, investigación, formación e infraestructuras en el ámbito teatral y circense: programaciones en espacios privados, residencias artísticas, festivales, ferias, circuitos, certámenes, proyectos estables y asociaciones de ámbito estatal.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la UE o del EEE, salvo residentes en paraísos fiscales. También las personas, entidades y agrupaciones del art. 2.2 de la Orden CUL/2912/2010.
Plazo de solicitud
15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE
Requisitos clave
- Establecimiento permanente en un Estado de la UE o del EEE
- No residir en países o territorios considerados paraísos fiscales según RD 1080/1991
- Cumplir los requisitos del art. 2.2 de la Orden CUL/2912/2010 para agrupaciones y entidades
- Presentar solicitud dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOE
Gastos subvencionables
- Programaciones en espacios escénicos de titularidad privada (anuales y bienales)
- Residencias artísticas
- Proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación
- Festivales, ferias y muestras
- Certámenes, jornadas profesionales y congresos
- Circuitos
- Actividades de asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal para actividades teatrales, circenses y de ilusionismo
- Infraestructuras circenses (circo itinerante y espacios escénicos privados)
Exclusiones
- Personas o entidades residentes en paraísos fiscales según RD 1080/1991
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.