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No solicitable Cerrada Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Financia proyectos de I+D+i en biomedicina para investigadores emergentes

IIS, hospitales y centros asistenciales adscritos al SERMAS o a la Consejería de Sanidad de Madrid

CONSEJERÍA DE SANIDAD · nº 901018

Título oficial: Subvención Proyectos I+D+i en Biomedicina CSalud "Programa Lánzate" 2026

Subvenciones para proyectos de investigación, desarrollo e innovación en biomedicina y ciencias de la salud liderados por personal investigador emergente en centros vinculados al sistema sanitario de la Comunidad de Madrid.

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Presupuesto

840.000 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

05/05/2026 — 25/05/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

I+D e innovación tecnológica

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar proyectos de I+D+i en biomedicina y ciencias de la salud liderados por personal investigador emergente que no ha accedido aún (o ha tenido acceso limitado) a financiación del Plan Estatal de I+D+i o de la UE, con el fin de impulsar y consolidar grupos de investigación emergentes.

Quién puede solicitarla

IIS acreditados de la Comunidad de Madrid (a través de sus Fundaciones de Investigación Biomédica), hospitales y centros asistenciales adscritos al SERMAS (a través de sus Fundaciones de Investigación Biomédica), y otros entes públicos asistenciales adscritos a la Consejería de Sanidad que desarrollen actividad investigadora.

Periodo de ejecución

Dos años desde la fecha de inicio establecida en la orden de concesión.

Plazo de solicitud

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Cómo se presenta

Página web de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid) y Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Requisitos clave

  • No haber obtenido financiación previa en convocatorias del Plan Estatal de I+D+i o de la UE, o haber obtenido como máximo un proyecto en dichas convocatorias.
  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
  • No estar incurso en las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003.

Obligaciones posteriores

  • Presentar la documentación justificativa en los tres meses posteriores a la fecha de finalización del periodo de ejecución del proyecto.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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