Financia proyectos de I+D+i en biomedicina para investigadores emergentes
IIS, hospitales y centros asistenciales adscritos al SERMAS o a la Consejería de Sanidad de Madrid
CONSEJERÍA DE SANIDAD · nº 901018
Título oficial: Subvención Proyectos I+D+i en Biomedicina CSalud "Programa Lánzate" 2026
Subvenciones para proyectos de investigación, desarrollo e innovación en biomedicina y ciencias de la salud liderados por personal investigador emergente en centros vinculados al sistema sanitario de la Comunidad de Madrid.
Presupuesto
840.000 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días05/05/2026 — 25/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
I+D e innovación tecnológica
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de I+D+i en biomedicina y ciencias de la salud liderados por personal investigador emergente que no ha accedido aún (o ha tenido acceso limitado) a financiación del Plan Estatal de I+D+i o de la UE, con el fin de impulsar y consolidar grupos de investigación emergentes.
Quién puede solicitarla
IIS acreditados de la Comunidad de Madrid (a través de sus Fundaciones de Investigación Biomédica), hospitales y centros asistenciales adscritos al SERMAS (a través de sus Fundaciones de Investigación Biomédica), y otros entes públicos asistenciales adscritos a la Consejería de Sanidad que desarrollen actividad investigadora.
Periodo de ejecución
Dos años desde la fecha de inicio establecida en la orden de concesión.
Plazo de solicitud
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cómo se presenta
Página web de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid) y Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Requisitos clave
- No haber obtenido financiación previa en convocatorias del Plan Estatal de I+D+i o de la UE, o haber obtenido como máximo un proyecto en dichas convocatorias.
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- No estar incurso en las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003.
Obligaciones posteriores
- Presentar la documentación justificativa en los tres meses posteriores a la fecha de finalización del periodo de ejecución del proyecto.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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